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Los servicios de urbanismos contrastan "punto por punto" el informe de Icomos

Un informe del Ayuntamiento de Cáceres concluye que las obras de Atrio se ajustan a la normativa

Un informe elaborado por los servicios de Urbanismo del Ayuntamiento de Cáceres concluye que las obras del hotel Atrio "se ajustan a la normativa de protección patrimonial y urbanística".

Según la agencia Europa Press, el Ayuntamiento de Cáceres subraya que, tras una inspección en las obras, el informe "ha comprobado" que "se ajustan en lo sustancial al Plan Especial de Protección y Revitalización Arquitectónica de la ciudad de Cáceres y a la modificación del mismo en el enclave".

Para ello, los técnicos de Urbanismo "han contrastado punto por punto lo apuntado en el informe de Icomos-España en relación a esta obra" y, "en general, se resume que está de acuerdo a la normativa vigente".

Así, sobre el cumplimiento de normativa urbanística de aplicación se señala que el uso hotelero es compatible en todo el ámbito del Plan Especial, incluido la ciudad intramuros, "por lo que el cambio de uso pormenorizado administrativo es compatible".

Matiza que "no se ha reducido el nivel de protección de los inmuebles catalogados, lo que significa que en el informe de Icomos se parte de aplicar normativa de edificios del catálogo protegido (nivel de protección ambiental singular o superior), mientras que la parcela que ocupan las obras tiene una protección de tipo ambiental, en lugar de los de alto grado patrimonial (elementos singulares del catálogo)".

En el informe, también se puntualiza que en la norma se permite excepcionalmente proponer sustituciones de edificios siempre que no sean "ambiental singular" o de superior nivel de protección. Además, se ha producido una demolición de las edificaciones existentes, si no que se ha realizado "el vaciado de parte de las mismas manteniendo los valores ambientales en la escena urbana desde la óptica del tipo de 'intervención singular' recogida en el propio Plan Especial".

En cuanto a las parcelas que ocupa no se ha producido segregación parcelaria, sino una agrupación que restituye la parcelación histórica, que ya fue modificada en los años 80 antes de la aprobación inicial del Plan Especial, para la construcción de una vivienda construida en esa época en el mismo lugar.

El informe de Urbanismo niega que no se pueda modificar el Plan Especial en la forma que se ha realizado "pues las rectificaciones que se han hecho son puntuales de carácter aislado y con ajustes específicos en sus documentos o determinaciones y no suponen disminución del grado de protección de los elementos catalogados".

"Por tanto, las rectificaciones que se han seguido son de ese grado y en cualquier caso, los planes especiales no pueden contener cláusulas de inadmisibilidad absoluta de modificaciones que no sean las derivadas de la legislación superior patrimonial y urbanística".

De otro lado, se ha seguido "escrupulosamente" lo estipulado en el artículo 80 y siguientes de la Ley de Suelo de Extremadura (Lesotex) en los supuestos de innovación de los planes de ordenación urbanística y del Plan Especial, así como los informes de la Comisión de seguimiento del Plan Especial y el informe favorable de la Dirección General de Patrimonio Cultural; "es decir se han seguido todos los trámites pertinentes por las administraciones afectadas".

Entre otras cosas "se comprueba también" que la intervención seguida tiene "perfectamente establecidas las estrategias de convivencia con el entorno y están pormenorizadamente justificadas en el documento de modificación del Plan Especial, por lo que determinados aspectos del informe de Icomos obedecen a criterios subjetivos en determinados reproches".

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