La concesión de explotación del servicio municipal de más importe en este mandato

El TSJEx evita que se anule el contrato de 121 millones para recoger la basura en Cáceres

Desestima el recurso de Moda Re, cooperativa promovida por Cáritas, que pedía la supresión de los pliegos. De haberse aceptado, se tendría que haber repetido el concurso que se adjudicó a Valoriza  

Firma del contrato, el pasado 31 de enero, entre el alcalde y el representante de Valoriza.

Firma del contrato, el pasado 31 de enero, entre el alcalde y el representante de Valoriza. / Jorge Valiente

José Luis Bermejo

José Luis Bermejo

Con la basura no ocurrirá lo mismo que con el agua, no hay que repetir el procedimiento de adjudicación de una contratación que resuelve la prestación del servicio de recogida de la basura y limpieza viaria durante once años con un coste estimado de 121 millones de euros. No pasará igual porque la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx) cerró en una sentencia del pasado viernes el camino que había para la repetición de la licitación al no aceptar el recurso presentado por Moda Re, cooperativa promovida por Cáritas para proyectos de recogida y de reutilización de ropa usada.

La cooperativa pedía en su recurso la anulación de los pliegos de la licitación que se adjudicó a Valoriza, empresa que presta el servicio en sustitución de Conyser desde el pasado mes de febrero. La razón que daba Moda Re era que la negativa del ayuntamiento a dividir la licitación en lotes, reservando uno para la recogida del textil al que se podía haber presentado, no se basaba en datos objetivos.

El otro argumento del recurso era que se incumplía la reserva establecida en la ley de residuos, en la que se establece que las obligaciones de recogida, transporte y tratamiento de residuos textiles y de muebles y enseres serán licitadas y adjudicadas de manera preferente a través de contratos reservados, y al menos el 50% del importe de adjudicación deberá ser objeto de contratación reservada a empresas de inserción y centros especiales de empleo de iniciativa social autorizados para el tratamiento de residuos. En caso contrario, la administración pública y el órgano de contratación deberán justificarlo.

El recurso ante los tribunales se presentó contra una resolución de la Comisión Jurídica de Extremadura, órgano que resuelve las reclamaciones administrativas, que rechazó las de la cooperativa por, entre otras razones, dos motivos principales, uno es que el ayuntamiento tiene un amplio margen de discrecionalidad para fijar las condiciones del pliego, pese a que la normativa europea y la ley estatal favorezcan que los grandes contratos se dividan en lotes para que las pymes participen, y que la justificación que dio el ayuntamiento para no dividir el contrato en lotes fue válida al explicar que el coste de la prestación del servicio para el ciudadano sería mayor si hay una partición de los fines del contrato.

En su sentencia, el TSJEx incide en causas parecidas para desestimar el recurso. La primera es que desde un punto de vista técnico «existe justificación de la no división en lotes y de la conveniencia de agrupación» de todos los servicios de recogida de residuos en una sola licitación, además el tribunal subraya que también existen razones económicas para no haber dividido la licitación en lotes. «En definitiva, la no división en lotes permite una racionalización organizativa que mejora la ejecución del contrato y reduce el coste de la prestación de estos servicios», según se precisa en la resolución.

En un informe de los servicios técnicos del ayuntamiento, que es el que sirve de base al tribunal para su decisión, se argumentaba que no se hacía una división del contrato por, entre otras causas, mantener la homogeneidad y la calidad en la prestación del servicio, por la optimización de los medios humanos y materiales y por la complejidad que supone la coordinación del contrato si se ejecuta por una pluralidad de contratistas.

En ese informe se precisaba que los residuos de ropa usada y calzado son menos del 0,5% de los totales en la ciudad y que además, en zonas y suelo privado, ya hay instalados contenedores, treinta, que son de Cáritas y que se mantendrían. Estos contenedores suman más de la mitad de los que hay para la recogida de textil, «cumpliéndose con la no exclusividad del servicio de recogida de esta fracción por el ayuntamiento».

El tribunal en su sentencia alude a otras razones para desestimar el recurso de Moda Re. Así se refiere al «carácter antieconómico» de la división por lotes y apunta que la cooperativa no queda automáticamente excluida de este procedimiento porque su especialización le permite participar en la ejecución del contrato «mediante su integración en uniones temporales o mediante la subcontratación». 

Reserva del 50%

En cuanto al cumplimiento de la disposición adicional de la ley de residuos, el tribunal detalla en su sentencia que en un contrato como el de la gestión de la recogida de la basura, en el que no hay una división por lotes y la recogida de textil es solo una parte minoritaria de la prestaciones, «no resulta posible identificar un concepto como el 50% del importe de adjudicación», algo que «solo tendría sentido» en el caso de que la gestión de la recogida de los residuos textiles fuera en un único lote y con su propio importe, lo que sí pemitiría reservar el 50% a empresas de inserción y centros especiales de empleo. 

En su contestación a Moda Re, la comisión jurídica fundamentó que aunque la directiva europea 2014/24 y la ley estatal favorecen que los grandes contratos se dividan en lotes para facilitar que las pymes participen, el Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales considera que esa división no es obligatoria y que el ayuntamiento tiene un amplio margen de discrecionalidad para fijar las condiciones del pliego.

La sentencia del Tribunal Superior de Justicia no es firme, contra la misma cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo. Fuentes de la cooperativa precisaron este lunes a este diario que se desconoce el contenido de la sentencia, que en cuanto la reciban la estudiarán y decidirán si se presenta el recurso de casación al Supremo.

Gestión integral del servicio 

Valoriza gestiona en Cáceres todo el ciclo de la gestión de los residuos, en un intervalo de pocas semanas se hizo con la gestión de la recogida de basura y limpieza viaria de Cáceres, un contrato adjudicado por la entidad local, y con la gestión del ecoparque, la planta de tratamiento de los residuos que da servicio a varios municipios, entre ellos el de Cáceres, licitación adjudicada por Gespesa, empresa de la Junta de Extremadura.

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