ELECCIONES 28M
Cómo votar en las próximas elecciones: una guía paso a paso
Según la Constitución española, los ciudadanos tienen derecho a participar en los asuntos públicos ya sea de forma directa o por medio de representantes y en ambos casos hay que seguir una serie de pautas
Emma Entrena
Con las elecciones autonómicas y municipales que se celebran este domingo 28M, más de una persona se pregunta cómo ejercer correctamente su derecho a voto. El día que se abren las urnas, es importante conocer los documentos que hay que llevar encima para poder votar y aquellos que lo deseen, podrán elegir su representante por correo unos días antes de este encuentro.
Según la Constitución española, los ciudadanos tienen derecho a participar en los asuntos públicos, ya sea directamente o por medio de representantes y lo harán siempre en plena libertad y de forma consciente; sin ser obligado a ello o coaccionados por terceros.
Actualmente, existen varias formas de votar y todas ellas cuentan con un proceso diferente, aunque en muchos casos coinciden ciertos pasos a seguir. Vamos a hacer un repaso de lo que hace falta en cada situación.
Cómo realizar el voto presencial paso a paso
- Una vez convocadas las elecciones, la Oficina del Censo Electoral remitirá a los electores una tarjeta censal con los datos actualizados de su inscripción en el censo electoral y de la Sección y Mesa que le corresponde. Esto puede cambiar si a lo largo del año se producen alteraciones como por ejemplo, si el votante se cambia el empadronamiento. Así mismo, se puede acceder a estos datos a través de la web del Instituto Nacional de Estadística, donde viene el registro de todos los ciudadanos.
- Llegado el día, el elector debe acercarse a la Mesa electoral con un documento que acredite su identidad y este debe ser el DNI, el pasaporte, el carnet de conducir, la Tarjeta de residencia (en el caso de ciudadanos de la Unión Europea que la posean) o la Tarjeta de identidad del extranjero.
- Es importante tener en cuenta que el día de las elecciones el horario de los centros electorales comienza a las 9 horas, momento en el que se abren las urnas y terminan a las 20 horas en el momento, en el que el Presidente de la Mesa electoral anuncia el final de la votación.
- Si el día de la votación es laborable, los trabajadores tienen derecho a disponer de hasta cuatro horas libres para ejercer su derecho a voto y si lo desean, se puede solicitar el justificante de voto ante la Mesa electoral el día de las elecciones.
Voto por correo paso a paso
- Para votar por correo el elector tiene de plazo desde que se convocan las elecciones hasta diez días antes de que se lleve a cabo la votación para solicitar y enviar el voto por correo.
- Una vez recibido el impreso a través de cualquier oficina de Correos, el votante debe rellenar los documentos y enviarlos en el plazo establecido con la presentación de su DNI en las oficinas.
- A continuación, el elector recibirá en su buzón las papeletas de los candidatos junto a un sobre donde meterá la papeleta seleccionada. Una vez terminado, tendrá que acudir a la oficina a depositar la carta.
- Por último, recibirá una confirmación a su buzón de parte de la oficina una vez tengan toda la información necesaria para tramitar el voto.
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