El TC también rechaza el recurso de Junqueras contra las decisiones judiciales que le impidieron ser europarlamentario
La sentencia, de la que ha sido ponente la magistrada Concepción Espejel, avala las decisiones de la Sala de lo Contencioso que confirmaron la decisión de la Junta Electoral Central
En la misma línea que decidió en su reunión anterior respecto a las decisiones de la Junta Electoral Central, el pleno del Tribunal Constitucional ha rechazado, por unanimidad, el recurso de amparo presentado por el presidente de ERC, Oriol Junqueras, contra las resoluciones del Tribunal Supremo que le impidieron tramitar las credenciales para adquirir el escaño del Parlamento Europeo.
La sentencia, de la que ha sido ponente la magistrada Concepción Espejel, avala las decisiones de la Sala de lo Contencioso del Supremo que confirmaron la decisión de la Junta Electoral Central que le había denegado sendas peticiones de expedición de las credenciales de diputado del Parlamento Europeo.
La decisión del pleno obedece a que ha tenido en cuenta que el Parlamento Europeo aceptó la elección de Oriol Junqueras como parlamentario en su sesión plenaria de 13 de enero de 2020, con efectos retroactivos al inicio de la legislatura, tras la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que le concedió inmunidad desde el mismo momento en que resultó electo.
Esta circunstancia, posterior al acuerdo impugnado de la Junta Electoral Central, pero previa al planteamiento de la demanda de amparo, implica una satisfacción extraprocesal de la pretensión nuclear del recurso, esto es, acceder a la condición de parlamentario europeo. Por tanto, la circunstancia expuesta ha conducido a apreciar la extinción del objeto de la pretensión principal de amparo y de todas sus derivadas, lo que justifica la decisión del recurso de amparo
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