OBLIGATORIO

  • Los planes periurbanos son obligatorios en virtud de la Ley de Prevención de Incendios Forestales de Extremadura y tienen por objeto establecer medidas específicas para evitar los riesgos sobre la población en caso de incendio forestal, suprimiendo o reduciendo la propagación y permitiendo asegurar su confinamiento, alejamiento o evacuación.

LOS AYUNTAMIENTOS

  • Lo redactan los ayuntamientos, pero las medidas serán ejecutadas por los titulares de los terrenos afectados, o de forma subsidiaria por cada consistorio.

VIGENCIA

  • Una vez aprobados, no caducan, aunque hay que revisarlos cada cuatro años.