Más de doce mil extremeños son beneficiarios de una pensión no contributiva de jubilación o de invalidez. La mayoría de ellos superan los 55 años y tienen en común dos cosas. Por un lado, no haber cotizado o haberlo hecho durante un tiempo insuficiente como para tener derecho a una pensión contributiva de la Seguridad Social. Una circunstancia que explica por qué siete de cada diez perceptores son mujeres, muchas de ellas dedicadas la mayor parte de su vida adulta al cuidado de los hijos y a las tareas domésticas (en las de jubilación su peso se dispara al 83%); por otro, también comparten que este ingreso supone un sustento fundamental de los hogares a los que llega. No en vano, para poder recibirlo tiene que carecerse de otras rentas significativas que vayan a parar tanto al propio beneficiario como a su unidad económica de convivencia. 

Y es justo el no cumplir con estas exigencias económicas el motivo que está detrás de la mayor parte de las algo más de 5.300 pensiones no contributivas que la Administración ha retirado en Extremadura entre el 2014 y el 2020, conforme a los datos del informe que sobre evolución de su gestión en este intervalo de tiempo ha publicado el Imserso. De esta cifra quedan excluidas las extinciones que se han producido a causa del fallecimiento del beneficiario, que en este lapso han sido otras 3.358.

Cada año, la mayor parte de las pensiones no contributivas son revisadas por los órganos gestores competentes de las comunidades autónomas o por las direcciones territoriales del Imserso. Esta comprobación puede hacerse por dos vías. Por un lado, los perceptores están obligados a presentar, a lo largo del primer trimestre de cada año, una declaración de los ingresos personales y de los demás miembros de la unidad económica de convivencia, referidos al ejercicio anterior y a los previstos para el presente. Si no lo hacen, se les suspende el pago cautelarmente. Del análisis de cada expediente pueden derivarse tres consecuencias: confirmación del derecho sin modificación de la cuantía (algo que en el 2020 sucedió en más de nueve de cada diez ocasiones); la modificación de la cuantía percibida en el año anterior y/o en el año en curso; o la extinción del abono de la pensión.

El segundo tipo de revisión es el que se efectúa bien de oficio por el órgano gestor cuando tiene conocimiento de cualquier dato o información que varíe los requisitos que deben cumplirse, o bien a petición del propio interesado. Aquí, además de las tres situaciones anteriores, puede fijarse la suspensión del pago, que en el caso de la prestación por invalidez puede producirse por el inicio de una actividad laboral por parte del interesado.

En los siete años que recoge el informe, las revisiones de periodicidad anual han dado lugar a un total de 484 pérdidas de vigencia. El motivo más habitual para ello ha sido el de dejar de cumplir las condiciones económicas, ya sean las de la unidad económica de convivencia, algo que sucedió en 318 pensiones, o las personales (57). En este sentido, pueden ser beneficiarios de una pensión no contributiva los ciudadanos españoles o con residencia legal en España que presenten unos ingresos que en cómputo anual para el 2021, sean inferiores a 5.639,2 euros. Los topes de renta van aumentando en función del número de personas con las que se conviva y varían también dependiendo del grado de parentesco que se mantenga con ellas. 

El fallecimiento del pensionista causó 10 extinciones entre el 2014 y el 2020 y las 99 restantes quedan englobadas en el epígrafe ‘otras causas’. Por tipo de pensión, el total se divide prácticamente a partes iguales entre las de invalidez (43) y las de jubilación (241).

Por lo que respecta a las revisiones realizadas de oficio o a instancia de parte, estuvieron detrás de 8.225 extinciones del derecho a cobro en estos siete años. De ellas, 2.414 se formalizaron al detectarse un aumento de los recursos económicos personales y 1.390 más al sobrepasarse los de la unidad económica de convivencia. En 53 casos la prestación expiró por no acreditarse correctamente cuestiones relativas al grado de discapacidad y en 10 a la residencia legal, a los que hay que sumar 1.007 registrados como otras causas. Las 3.348 extinciones que quedan se debieron al fallecimiento del pensionista. Por clase de retribución, 5.276 eran de jubilación y 2.249 de invalidez.

Modificación de cuantía

Los procedimientos de control de Imserso y comunidades autónomas pueden desembocar también en una modificación de la cuantía de las prestaciones tras un cambio en la situación del pensionista, ya sea para aumentarle la paga o reducírsela. Es algo que sucedió en 1.135 ocasiones solo en el 2020, la mayor parte de ellas se produjeron tras revisiones realizadas de oficio o a instancia de parte, con 922 cambios, mientras que en 213 se produjo en el transcurso de las verificaciones anuales.

Las pensiones no contributivas se financian a través de aportaciones del Presupuesto del Estado al de la Seguridad Social. Aunque se abonan a través de su Tesorería General --a excepción de Navarra y el País Vasco--, son gestionadas a través de las comunidades autónomas. Según los últimos datos disponibles, los de marzo pasado, en Extremadura hay 12.309 beneficiarios. De ellos, a 7.110 se les abona una de jubilación, con una media mensual de 401, 7 euros (catorce pagas), y a otras 5.199 una de invalidez, en las que se promedian 443 euros. En los últimos años se ha producido un significativo descenso de los perceptores. En el 2014 eran 8.374 y 5.882, respectivamente.