Valdecañas seguirá por ahora en pie, al menos la parte que ya está construida y en funcionamiento. El Tribunal Constitucional (TC) ha admitido a trámite este miércoles el recurso contra la sentencia del Tribunal Supremo que ordena la demolición al completo del complejo Marina Isla de Valdecañas presentado por la Junta de Extremadura, las comunidades de propietarios de las viviendas y los ayuntamientos de El Gordo y Berrocalejo. Lo que ha hecho el Constitucional, con el magistrado Enrique Arnaldo Alcubilla como ponente, ha sido abrir la puerta a estudiar en profundidad las alegaciones presentadas para decidir más adelante si las estima o las rechaza. Es decir, a efectos prácticos no cambia nada, pero sí abre una nueva esperanza para que lo que funciona del resort pueda mantenerse.

Según indica el propio Tribunal se ha apreciado que las cuestiones planteadas en estos recursos de amparo «tienen especial trascendencia constitucional al estimar, por una parte, que el recurso puede dar ocasión al Tribunal para aclarar o cambiar su doctrina, como consecuencia de un proceso de reflexión interna» (si prevalece una sentencia u otra). Y por otra, «que el asunto suscitado trasciende del caso concreto, porque plantea una cuestión jurídica de relevante y general repercusión social o económica» (supone la pérdida de viviendas y de propiedades y un elevado coste para la administración su derribo).

En este sentido recuerda que la legalidad del proyecto ya fue tumbada por el Tribunal Superior de Extremadura (TSJEx) en el año 2011, con una sentencia que anulaba la aprobación del proyecto por parte de la Junta de Extremadura. Ya entonces se ordenaba la reposición de los terrenos a la situación anterior, decisión que fue confirmada por el Tribunal Supremo tres años más tarde.

La decisión no ha sido adoptada por unanimidad: ha habido seis votos a favor y cinco en contra

Sin embargo después el propio TSJEx dio marcha atrás y en un auto dictado en 2021 declaró la imposibilidad de ejecutar la sentencia en los términos en los que había pedido (el derribo completo), por lo que instó entonces a que los terrenos se restituyeran de forma parcial. Esto implicaba la demolición de todo lo que se encontraba (y se encuentra porque nada se ha tocado desde entones) en fase de estructura o no está terminado y en funcionamiento, así como la conservación del hotel, las viviendas, el campo de golf y las instalaciones que actualmente están construidas y en activo.

Pero este auto también fue recurrido al Supremo, que volvió a ordenar que el complejo se demoliera en su totalidad. En una sentencia de febrero de este año el Alto Tribunal falló que «no concurren causas que justifiquen la imposibilidad de ejecución de las sentencias en sus propios términos, en cuanto a la demolición también de lo construido y en funcionamiento». Es contra esta resolución contra la que las partes presentaron amparo al Tribunal Constitucional, alegando «vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva reconocido en el artículo 24.1 de la Constitución y del derecho a un proceso con todas las garantías (artículo 24.2 de la Constitución)». Los magistrados del Constitucional han entendido que al menos hay indicios de que se hayan transgredido esos derechos fundamentales. Dentro de unos días se hará público el auto en el que se acuerda la admisión a trámite de este recurso y en el que se argumentará la decisión.

Queda recorrido judicial

Esto no significa haber ganado la batalla judicial. De hecho a Valdecañas aún le queda un largo camino en los tribunales. El TC tendrá ahora que estudiar en profundidad las alegaciones para resolver después si prevalece la sentencia del TSJEx que ordenaba el derribo parcial o la del Supremo, que instaba a demoler todo el complejo. Este proceso puede alargarse todavía más de un año.

La decisión del Constitucional no fue adoptada por unanimidad, como han pretendido siempre los magistrados, sino que estuvo más bien reñida: seis votaron a favor y cinco en contra. Es más, los cinco que se opusieron a la admisión de estas alegaciones, los magistrados Juan Antonio Xiol Ríos, Ricardo Enríquez Sancho, María Luisa Balaguer Callejón, Ramón Sáez Valcárcel e Inmaculada Montalbán Huertas, han anunciado su intención de formular voto particular, que es una formalidad procesal que se utiliza en derecho para dejar constancia de que ese miembro del tribunal u órgano colegiado tiene una opinión divergente con respecto a la decisión tomada por la mayoría.

La Junta dice que el auto pone de manifiesto que «tiene sólidos argumentos» para que no se tire

El Ejecutivo autonómico celebra la decisión: «Pone de manifiesto que la Junta de Extremadura tiene sólidos argumentos en su postura y que las cuestiones planteadas tienen especial transcendencia constitucional», señalan fuentes del Gobierno de Fernández Vara.

«Nos entristece el hecho de que se pueda otorgar amparo a quien se ha estado situando al margen de la legalidad urbanística de este país, parece que lo que se construye nunca tiene consecuencias»

José María Trillo - ABOGADO DE ECOLOGISTAS EN ACCIÓN

Por su parte, los propietarios aplauden también la admisión a trámite del recurso. Ya de por sí es un logro porque suele tumbar el 90% de los recursos de este tipo. «Refuerza nuestro convencimiento de que pudo vulnerarse el derecho a la tutela judicial efectiva. El Tribunal Supremo fue más allá de la cuestión planteada al pronunciarse sobre el derribo, ya que la cuestión casacional se ceñía exclusivamente a valorar la existencia o no de las causas de imposibilidad material planteadas por el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura para realizar una ejecución alternativa», indican. Y van a solicitar además al Constitucional la suspensión de la Sentencia del Tribunal Supremo que determinó el derribo total del complejo como medida cautelar, hasta que se resuelva el recurso ahora admitido. Se podría, por tanto, tirar lo que está en construcción, pero no el resto.

«Lo que está en juego -añaden- es la existencia de un modelo económico y ambiental sostenible para Extremadura y sus habitantes» porque el complejo, prosiguen, «ha traído prosperidad a una región necesitada de oportunidades y recursos para hacer frente a la despoblación y contribuye al progreso local y regional, dinamiza el territorio y promueve la creación de cientos de empleos y servicios en la zona».  

La resolución del TC sorprendió a Ecologistas en Acción, que considera una «mala noticia para el medioambiente» la admisión a trámite de este recurso de amparo. «Nos entristece el hecho de que se pueda otorgar amparo a quien se ha estado situando al margen de la legalidad urbanística de este país, parece que lo que se construye nunca tiene consecuencias», sentenció el abogado del colectivo, José María Trillo.