NUEVA LEY DE VIVIENDA DE EXTREMADURA
Un nuevo mecanismo de protección evitará el desahucio de familias con menores
La Junta de Extremadura responderá al desalojo "con cualquier instrumento a su mano": la adquisición del inmueble, subvenciones o la adjudicación directa de otra casa

Protestas por un desahucio, en una imagen de archivo. / Pilar Cortés
La Junta de Extremadura creará un nuevo mecanismo de protección para evitar los desahucios de familias con hijos menores de edad. La medida se recoge en la nueva ley autonómica de vivienda, que ha recibido el visto bueno de la Junta este lunes en un Consejo de Gobierno Extraordinario y posteriormente se ha registrado en la Asamblea de Extremadura para iniciar su tramitación. "Es algo muy novedoso, no existe marco comparativo en otras partes del territorio", ha defendido la consejera de Movilidad, Transporte y Vivienda, Leire Iglesias.
Según ha explicado, el objetivo de la medida es que ningún menor pueda ser objeto de desahucio, sobre todo a partir de mayo de 2024, cuando finaliza la prórroga de la suspensión de los lanzamientos que el Gobierno central decretó tras la irrupción de la pandemia.
De esta forma, "antes de recurrir a la vía de la fuerza", la Administración deberá responder "con cualquier instrumento a su mano": la adquisición del inmueble, subvenciones directas o la adjudicación directa de otra vivienda para evitar que los menores sufran una situación de estas características. "El hecho de ser lanzado de una vivienda por cuestiones forzosas es un acto muy violento que padece el conjunto de la familia y especialmente la población más joven", ha defendido Iglesias.
Nuevo plan de vivienda
Este mecanismo de protección también se recoge en el nuevo Plan de Vivienda 2022-2025, que según ha defendido la consejera nace de los errores del pasado para “procurar la función social de la vivienda” y afrontar los retos del futuro. Así, establece que en los procedimientos judiciales de desahucio de la vivienda de familias en situación de vulnerabilidad social y con menores a cargo, no solo está en riesgo el derecho a una vivienda digna, también y especialmente el interés superior del menor.
Por ello, la obligación de las Administraciones Públicas es su protección, a través de una solución habitacional y el cuidado de los impactos que estas situaciones provocan en la infancia y adolescencia. "Se hace necesario acometer actuaciones antes de la interposición de la acción judicial, durante la tramitación del proceso de desahucio y una vez dictada sentencia y fijada fecha del lanzamiento", se detalla.
La Junta de Extremadura deberá, en cualquier caso, garantizar el mantenimiento del alojamiento desde el momento en el que se produzcan las circunstancias que pudieran dar lugar al ejercicio de acciones judiciales susceptibles de materializarse en el desalojo forzoso de la vivienda habitual.
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