El real decreto 6/2009 establecía nueve requisitos para poder inscribir instalaciones en el registro de preasignación. Estos son algunos de ellos:

--Concesión por parte de la compañía eléctrica distribuidora o de transporte de punto de acceso y conexión.

--Autorización administrativa de la instalación otorgada por el órgano competente.

--Licencia de obras.

--Haber depositado el aval necesario para solicitar el acceso a la red de transporte y distribución.

--Disponer de recursos económicos propios o financiación suficiente para el 50% de la inversión.f) Haber alcanzado un acuerdo de compra con el fabricante o suministrador de equipos por un valor de al menos del 50% de estos.