El Código Penal establece pena de prisión de tres a seis meses o una multa de seis a 12 meses y trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días "para los que conduzcan un vehículo de motor o ciclomotor bajo la influencia de drogas tóxicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas o de bebidas alcohólicas". El artículo 379 añade que, "en cualquier caso", al responsable se le privará del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por un tiempo superior a uno y hasta cuatro años. En cualquier caso, la normativa legal establece que "será condenado con dichas penas el que conduzca con una tasa de alcohol en aire expirado superior a 0,60 miligramos por litro o con una tasa de alcohol en sangre superior a 1,2 gramos por litro".

El Código Penal alude en los delitos contra la seguridad vial a los que conduzcan "un vehículo a motor o un ciclomotor con temeridad manifiesta y pongan en concreto peligro la vida o integridad de las personas serán castigados con penas de prisión de seis meses a 2 años y privación del derecho a conducir vehículos y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta seis años".