La revisión de la ordenanza fiscal que regula la tasa por ocupación privativa de la vía pública entró ayer en vigor. Esta norma incorpora dos nuevos hechos imponibles por los que se tendrá que pagar al ayuntamiento: los cajeros automáticos de las entidades de crédito que tienen un acceso directo desde la vía pública y el uso de locales en edificios de servicio público municipal.

El gravamen que afecta a las entidades de crédito tiene una periodicidad anual y se pondrá al cobro en enero. Se aplica por primera vez en Cáceres tras intentarse en legislaturas anteriores y estar ya en vigor en otros ayuntamientos. Hay sentencias que avalan su aplicación porque la entidad hace un uso especial de la vía pública de la que obtiene un beneficio económico.

En el plan de ahorro que elaboró el ayuntamiento el pasado año se hacía una previsión de ingresos de 52.000 euros por este concepto y se calculaba que afectará a setenta cajeros con una cuota media de 750 euros. Lo destacado de este gravamen no está en el importe a recaudar, sino en que por primera vez, tras intentos anteriores, se incorpora en la ordenanza y se da el paso para que los bancos tributen por los cajeros. En la anterior legislatura no llegó a concretarse por las dudas legales que en ese momento había sobre su viabilidad. Lo que se grava es que el banco hace un aprovechamiento especial de la vía pública al trasladar al exterior servicios y operaciones bancarias.

El importe a pagar por cajero varía en función de la calle o avenida donde se ubique, dado que el valor fiscal de la calle es uno de los elementos que más inciden.

En cuanto al otro nuevo hecho imponible de la ordenanza, gravar el uso de los locales que están en edificios de servicio público, la agrupación vecinal ya ha advertido de que sus sedes y actividades corren peligro de cierre. Esta revisión también reduce el importe a pagar por las cocheras en unifamiliares y sube la tasa en garajes de comunidades, aunque entra en vigor una vez abierto el periodo de pago de 2013.