La Audiencia Nacional invalidó el acuerdo colectivo al que llegaron CCOO, UGT y USO con las empresas de seguridad privada Prosegur y Securitas para «neutralizar» la subida del salario mínimo a 900 euros mediante la absorción de complementos por vestuario y transporte. Así lo constatan dos sentencias del tribunal hechas públicas ayer por otro sindicato, el CSIF, que impugnó el pacto alcanzado por las centrales para aceptar dicha situación. Ambas empresas, por su parte, ya han presentado recurso para acudir al Tribunal Supremo, según han confirmado fuentes de las mismas.

El pasado 1 de enero entró en vigor la subida del salario mínimo interprofesional (SMI) a 900 euros y en varios sectores el incremento de costes que ello supuso para las empresas fue paliado por estas mediante la compensación de pluses salariales. El sector de los centros especiales de empleo, para la inserción de discapacitados, fue inicialmente uno de ellos. Y el de la seguridad privada fue otro, lo que acabó derivando en una doble denuncia del CSIF, que impugnó dicha práctica en un caso que afecta a 8.000 empleados.

Las empresas Prosegur y Securitas «neutralizaron», según expresan las sentencias, la subida del SMI para los trabajadores en la categoría de auxiliar, lo que vendría siendo un portero u otros trabajadores del sector sin la formación de seguridad acreditada, absorbiendo para llegar a esos 900 euros los pluses de vestuario y transporte.

HECHOS Y SENTENCIA / Entre el 1 de enero y el 28 de abril, las empresas Prosegur y Securitas aplicaron de forma unilateral la absorción de los complementos de vestuario (20,5 euros al mes) y de transporte (31,65 euros) para llegar a los 900 euros que exigía la subida del salario mínimo interprofesional. El sindicato CSIF intentó promover un conflicto colectivo ante el Servicio Interconfederal de Mediación y Arbitarje.

Frente a esta acción, a finales de abril, las empresas lograron pactar una modificación parcial del convenio colectivo, con la firma de CCOO, UGT y USO y el rechazo de CSIF. Así, se estableció que en adelante quedaban suprimidos los complementos de vestuario y transporte y se fijaba en 900 euros el salario base.

En esa misma modificación parcial del convenio colectivo se pactó que, con efecto retroactivo, desde el 1 de enero hasta finales de mayo, la subida del salario a los 900 euros quedaría compensada con los citados complementos. Este acuerdo se justificaba con el argumento de «evitar una pérdida de competitividad con resultados negativos para el mantenimiento del empleo». Esta es , precisamente, la parte que la Audiencia Nacional juzgó ilegal.