Las tarjetas revolving acumulan miles de demandas en España que hasta ahora han sido resueltas de forma mayoritaria en el sentido de considerar que los intereses aplicados -superiores al 20% a la Tasa anual equivalente (TAE) y, a menudo, cercanos al 30%- vulneran el contenido de la ley de represión de la usura de 1908.

Una mayoría de las sentencias emanadas de juzgados y Audiencias Provinciales han fallado a favor de los clientes, considerando «usurarios» los intereses aplicados por las entidades financieras. Y así lo ha venido considerando el Tribunal Supremo, que ha argumentado que hay que considerar usurarios y, por tanto, nulos los préstamos a los que se aplique un interés remuneratorio «notablemente superior al normal del dinero y manifiestamente desproporcionado». El tipo de interés medio aplicado de los créditos de consumo se sitúa entre el 7% y el 9%.

El pleno del Tribunal Supremo dictaminó jurisprudencia, pero ha habido controversia a la hora de interpretar por los jueces la sentencia del 2015.

Wizink -Banco Santander- es una de las entidades que con más frecuencia se ha tenido que enfrentar en los juzgados a demandas por esta cuestión. Presentó un recurso al Tribunal Supremo con la expectativa de que defina la jurisprudencia.

La firma de consumo solicita que los créditos en modalidad revolving dejen de tener la consideración de créditos al consumo.

El Gobierno anunció una orden ministerial que recogerá nuevas obligaciones de transparencia. Estas incluyen una información más detallada y permitirán al consumidor tener un conocimiento específico y claro de los servicios que va a contratar y la deuda que mantiene periódicamente con el banco, según informa Efe.