El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la absolución del presidente de Telefónica, César Alierta, en el caso Tabacalera al considerar prescrito el delito de uso de información privilegiada del que estaba acusado a raíz de la compra en 1997 de acciones de la empresa tabaquera, que lideraba entonces. La sentencia pone punto final al proceso judicial, ya que ni Alierta ni el Ministerio Fiscal prevén recurrir ante el Tribunal Constitucional.

Los magistrados de la Sala de lo Penal del Supremo encargados de revisar los recursos de Alierta, su sobrino Luis Javier Placer y el Ministerio Fiscal han rechazado por unanimidad la mayoría de los argumentos para modificar la sentencia absolutoria de la Audiencia Provincial de Madrid, que en julio del 2009 entendió que se había cometido el delito, pero que estaba prescrito.

La prescripción se debía a que habían transcurrido más de cinco años desde que se materializó el delito hasta que se admitió a trámite la querella de una asociación de consumidores que denunciaba la actuación de Alierta y Placer, que les reportó 1,86 millones de euros de beneficio.

SIN VALORAR SI SE COMETIO En la sentencia conocida ayer el Supremo se niega a valorar si el delito efectivamente se cometió, como reclamaban el presidente de Telefónica y su sobrino, que se quejaban de que no se habían tenido en cuenta documentos que acreditaban su inocencia.

El alto tribunal considera que el análisis de los presupuestos "subjetivos" que llevaron a la Audiencia a apreciar la conducta ilícita de Alierta y Placer correspondería al Constitucional por afectar al derecho fundamental a la presunción de inocencia.

No obstante, defiende que el relato de los hechos que hizo la Audiencia se basó en "rigurosas acreditaciones objetivas" y se plasmó en la sentencia solo con el objetivo de calificar jurídicamente la conducta de los acusados y explicar la prescripción.

El Supremo también rechaza los argumentos del Ministerio Fiscal de que la actuación de Alierta y Placer afectó gravemente a los intereses generales y que, al tratarse del subtipo agravado del delito de uso de información privilegiada, debía tener un plazo de prescripción de 10 años en lugar de cinco. En este caso, los magistrados confirman la opinión de la Audiencia de Madrid de que la conducta de Alierta no afectó a los intereses generales.

El caso se remonta a 1997, cuando el presidente de Telefónica se valió de su sobrino para comprar acciones de Tabacalera y sacar provecho así de las decisiones que adoptó entonces la empresa: la compra de la compañía estadounidense Havatampa y el alza del precio del tabaco rubio, en las que Alierta había participado activamente.