El ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, ha recordado hoy que la presencia de exmilitantes de partidos políticos en órganos constitucionales se viene dando "desde hace muchísimo tiempo" y ha asegurado que impedirlo supondría una limitación de derechos fundamentales.

Ruiz-Gallardón, en la rueda de prensa posterior a la reunión del Consejo de Ministros, ha respondido a una pregunta sobre el hecho de que el presidente del Tribunal Constitucional, Francisco Pérez de los Cobos, hubiera pagado las cuotas de militante del PP hasta el 2011 y ha asegurado que "haber militado en un partido no inhabilita para el ejercicio de un cargo de responsabilidad".

El ministro, que se ha puesto como ejemplo de esta situación al recordar que suspendió su militancia política cuando se incorporó a la carrera fiscal y que la retomó cuando pidió la excedencia, ha subrayado que hay múltiples ejemplos en el propio Tribunal Constitucional, Consejo de Estado y Consejo General del Poder Judicial (CGPJ).

Objeto o causa de recusación

"Esa es la realidad sobre la que ha operado nuestro sistema democrático y en ningún momento el hecho de haber militado en un partido político se ha entendido que pudiera ser objeto o causa de recusación", ha insistido Ruiz-Gallardón.

El ministro de Justicia, que ha recordado además que la regulación del TC corresponde directamente a la Constitución, ha subrayado: "No podemos establecer una limitación de derechos fundamentales reconocidos en la Constitución, más allá de lo que la propia Constitución y las normas que la desarrollan establecen".

Ha insistido en que el caso del presidente del Constitucional tiene muchos antecedentes, incluso cuando han sido miembros del poder judicial que han vuelto al ejercicio jurisdiccional después de haber ejercido responsabilidades políticas y haber sido incluso miembros de un Gobierno. Además, el TC no forma parte del poder judicial, sino que es un órgano constitucional propio, ha subrayado Gallardón.