La infanta Cristina no tendrá que declarar, por ahora, como imputada por el caso Nóos. La sección segunda de la Audiencia Provincial de Palma decidió ayer suspender "de momento" su declaración ante el juez instructor, José Castro, por no ver indicios suficientes que avalen su papel de cooperadora necesaria o cómplice de los delitos que se imputan a su marido, Iñaki Urdangarin, y al exsocio de este, Diego Torres. Sin embargo, el tribunal califica de "provisional" su decisión e insta al juez a ahondar en la investigación fiscal de la hija del Rey para despejar "dudas e incertidumbres" (las define como "zonas oscuras") del informe de la Agencia Tributaria sobre la posible comisión de un delito contra la Hacienda Pública y blanqueo de capitales a través de Aizoon, la sociedad que comparten los duques de Palma.

Una vez realizado dicho informe y evaluado por el magistrado, la Audiencia de Palma citará a las partes para tomar una decisión definitiva sobre la imputación.

El auto de estimación parcial del recurso, de 61 páginas, contó con dos votos favorables, el de Diego Gómez Reino y el de Mónica de la Serna, y un voto particular, el de Juan Jiménez Vidal, que apoya las tesis de Castro para imputar a la infanta y afea al fiscal su "insólito" recurso. De momento, la hija del Rey será el único miembro de los cinco que componían la junta directiva de Nóos que no ha sido llamada ni a declarar.

La sección segunda considera que el proceder de Castro fue "correcto", ya que se produjo tras evaluar "una batería de diligencias". Sin embargo, concluye que su decisión no se sustenta, pese a señalar 14 indicios. "El problema reside en que, una vez relacionados tales indicios, de los mismos no se extrae una conclusión fáctica comprensible y concreta de cuál es exactamente la conducta de colaboración principal o secundaria, afirman los magistrados.

"ACOMPAÑAMIENTO IMPUNE" El hecho de que la infanta Cristina apareciera en un folleto del Instituto Nóos "constituye una conducta de mero acompañamiento impune, que puede efectivamente desde una perspectiva extramuros del derecho penal, ser considerada como de influencia, entendida como una especie de carta de recomendación o de presentación (...), pero en modo alguno nos hallaríamos en presencia de una influencia típicamente antijurídica, con trascendencia penal", dice el auto.

Respecto a los contratos obtenidos, apunta que "todo indica que se realizaron al margen de cualquier intervención de la infanta y de la casa real, por mucho que la suscripción de estos convenios de colaboración vinieran precedidos de reuniones en el palacio de Marivent y en la Zarzuela".

En última instancia, los magistrados manifiestan estar "seguros de que la infanta era conocedora y sabía que el Instituto Nóos suscribía contratos con las administraciones (…), mas no se puede concluir que la infanta llegase a alcanzar la creencia de que dichos contratos pudieran ser considerados delictivos y que su suscripción generase un peligro de malversación".

Sobre los contratos, la Audiencia de Palma ha abierto una vía de esperanza para Urdangarin y Torres. Coincide con sus defensas, en que la ilegalidad "no nace tanto del modelo de contratación elegida", sin concurso ni concurrencia alguna, "sino de la desviación de poder cometido por la administración" que los suscribió.

Tampoco los nuevos correos aportados por Torres cambian el criterio de la sala sobre la imputación de Cristina. Los magistrados no consideran "ni abusivo ni ilícito" que el exsocio de Urdangarin aporte correos como estrategia de defensa, pero censuran su entrega "caprichosa e interesada". En este sentido, instan al juez a que le marque un plazo máximo a partir del cual no serán tenidos en consideración.

La Audiencia marca una frontera en marzo del 2006, cuando la infanta abandona la directiva de Nóos tras las primeras críticas a los negocios de su marido. "A partir de entonces estaba o debería estar al corriente", dice el auto, que tilda de "provisional e incompleto" el informe de la Agencia Tributaria, ya que no fija la cuota defraudada por Aizoon y sigue pendiente de los resultados de la comisión rogatoria suiza. No entiende el tribunal por qué Hacienda concentra las posibles irregularidades fiscales en Urdangarin, cuando la sociedad es compartida por el matrimonio, y "nada dice de los gastos por obras y reformas en la vivienda familiar de la infanta", que podrían salir del dinero público obtenido.