El Tribunal Supremo ha dejado en una multa económica la pena de prisión que el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) impuso por un delito de cohecho al juez de Marbella Javier de Urquía y al exasesor urbanístico del consistorio marbellí Juan Antonio Roca.

El pasado 12 de marzo, fuentes del Supremo adelantaron el fallo de la sentencia dictada a raíz del recurso de De Urquía y Roca, diciendo que el tribunal absolvía al primero del delito de prevaricación (anulando la condena a una multa de 36.000 euros) y que mantenía su condena por cohecho, pero la resolución notificada ayer revela que también se ha rebajado la pena por este delito.

Así, el Supremo condena a De Urquía a 21 meses de suspensión de su cargo de magistrado y una multa de 73.800 euros en lugar de a los dos años de prisión, los siete de inhabilitación para cargo público y la misma multa que le impuso el TSJA; mientras que Roca --al que el TSJA condenó a un año de cárcel y 73.800 euros de multa-- sólo deberá pagar 36.900 euros de multa.

En su sentencia, el Tribunal Supremo justifica la reducción de la pena en el hecho de que aunque ha quedado probado que De Urquía pidió dinero a Roca para pagar la entrada de una vivienda a cambio de un trato favorable en asuntos judiciales, al haberse anulado la condena por prevaricación --es decir, haber estimado que no hubo tal trato de favor-- la pena debe ser menor.

La absolución de De Urquía por el delito de prevaricación, según el Supremo, obedece a que si bien el juez incurrió en varios defectos procesales, el tipo penal sólo se da cuando éstos consisten "en absoluta falta de competencia o en inobservancia de esenciales normas de procedimiento". "La mera ilegalidad no basta a estos efectos", señala la sentencia.