Justificar el genocidio es delito; negarlo no. Así se expresa en la sentencia del pasado 7 de noviembre que publicó ayer el Tribunal Constitucional en relación al artículo 607.2 del Código Penal en el que se declaraba ilegal la "negación o justificación" del genocidio. La defensa presentó un recurso por el choque de este artículo con el derecho a la libertad de expresión.

La cuestión fue planteada por el expresidente del grupo neonazi Círculo Español de Amigos de Europa (Cedade), Pedro Varela. Este fue condenado en 1998 a dos años de cárcel por genocidio y a otros tres por provocación a la discriminación. Dos años antes, los Mossos d´Esquadra registraron la librería que regentaba y encontraron abundante material donde negaba el holocausto nazi.

El Constitucional avala en su fallo la constitucionalidad del artículo que castiga la difusión de ideas o doctrinas que "justifiquen" el genocidio, pero anula la referencia a la difusión de opiniones que "nieguen" esos hechos. El alto Tribunal razona que "justificar" el holocausto es "incitación directa" a la violencia, por lo que es punible.