El Tribunal Constitucional avaló ayer el decreto-ley 9/2009 sobre reestructuración bancaria y reforzamiento de los recursos propios de las entidades de crédito que, entre otras cosas, prevé la intervención del Banco de España en caso de insolvencias bancarias.

En una sentencia aprobada por unanimidad, el pleno del Constitucional rechaza los recursos planteados por los Gobiernos autonómicos de Cataluña, Madrid, Galicia y Extremadura al considerar que la norma no invade las competencias autonómicas.

Los magistrados del alto tribunal dicen, por el contrario, que ésta se mueve dentro de las competencias atribuidas en exclusiva al Estado "en materia de legislación mercantil, bases de la ordenación del crédito, banca y seguros, y bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica". El decreto-ley, que el Gobierno justificó en su día para hacer frente "al potencial riesgo sistémico" de la crisis financiera, obligaba a los bancos a tener unas ratios de capital principal del 8%, que en el caso de las cajas de ahorro se elevaba al 10% si no salían a bolsa o colocaban al menos el 25 % de su capital en manos privadas.

Su aprobación precipitó la salida a bolsa de Bankia y tuvo también como consecuencia la entrada del Estado en el capital de CatalunyaCaixa y Novagalicia.