Cada año los contribuyentes extremeños presentan más de 3.500 reclamaciones ante el Tribunal Económico-Administrativo de Extremadura por alguna disconformidad en el pago de impuestos. Esta es la media de los cinco últimos ejercicios con datos publicados por el Ministerio de Hacienda (del 2014 al 2018). Desde el 2007, el ritmo al que ingresan los asuntos en este órgano, que es un paso previo obligado a la vía contenciosa de lo judicial, se ha incrementado alrededor de un 50%, desde los 2.538 contabilizados ese año a los 3.772 del 2018, conforme a la última Memoria de los Tribunales Económico-Administrativos. El alza que muestra este informe es en realidad mucho mayor, ya que el total de reclamaciones presentadas en el 2018 fue de 5.318, si bien el dato está distorsionado por el elevado número de reclamaciones relativas a los Impuestos Especiales que se contabilizó (1.546) y que según se explica desde la Agencia Tributaria obedece a «una cuestión procedimental», no a un auge real de las tramitaciones.

A la hora de explicar el aumento de la litigiosidad (que va en la línea del que se ha producido en el conjunto del país, donde se ha pasado de 126.451 a 200.562 procedimientos en este mismo periodo), Luis del Amo, secretario técnico del Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF), precisa que buena parte de estos pleitos tienen que ver con discrepancias en los procesos de valoración —en especial de inmuebles— que atañen a tributos como el de Sucesiones y Donaciones o el de Transmisiones Patrimoniales Onerosas. Se trata de disputas, aclara, en las que «los tribunales han ido fallando a favor de los contribuyentes», lo que incentiva que el volumen de los procedimientos entablados vaya a más. «Muchas de las cuestiones que se plantean son de valoración y por falta de motivación se ganan a menudo», esgrime. Además, apostilla, también ha contribuido a este crecimiento el que la administración tributaria haya sido «más beligerante en época de crisis» por sus mayores necesidades financieras y también porque ha coincidido con un incremento de su «capacidad de comprobación» de la información aportada por los contribuyentes.

De las 4.516 reclamaciones resueltas el año pasado por el tribunal (descontadas las relativas a los Impuestos Especiales), 2.031 (un 45%) fueron estimaciones totales o parciales para el contribuyente, mientras que en 2.004 ocasiones (44,4%) se dio la razón a la Administración.

PARCIALES Y TOTALES / Hay que tener en cuenta, no obstante, que los datos de estimaciones no distinguen entre las que dan la razón en su totalidad a los contribuyentes y aquellas parciales en las que solo se reconoce al demandante parte de ella. También que, dentro del los asuntos resueltos, bajo el epígrafe ‘otros’ (que en Extremadura supuso en el 2018 casi medio millar de reclamaciones —481, un 10,6% del total—) se agrupan en gran medida procesos en los que por distintos motivos el contribuyente no acabó ganando el litigio (desistimientos, archivo de actuaciones, incompetencias y otras terminaciones de procedimientos).

Por otro lado, el porcentaje de éxitos para el reclamante varía dependiendo de la Administración con la que se pleitee. En este sentido, con datos a nivel nacional, desde la Agencia Tributaria se aclara que durante el 2018 en el 70% de los procesos sobre impuestos de su competencia se dio la razón totalmente al organismo público y en un 7% adicional parte de ella. Y llegados a la vía contenciosa los porcentajes fueron del 69% y el 5%, respectivamente. En cambio, en el caso de las haciendas autonómicas, bajo cuyo paraguas quedan tributos como el de Sucesiones y Donaciones o Transmisiones Patrimoniales Onerosas que, históricamente, han tenido una mayor litigiosidad, la porción de victorias de los demandantes es habitualmente mayor.

Tributo a tributo, donde los ciudadanos tienen una mayor proporción de victorias totales o parciales en Extremadura es en el de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (332 de 515, un 64,5%), seguido muy de cerca por el de Sucesiones y Donaciones (350 de 551, un 63,5%). También es elevado el porcentaje en el IRPF (545 de 897, un 60,8%), por encima del Impuesto de Sociedades (89 de 182, un 48,9%) y del IVA (144 de 344, un 41,9%). Con proporciones inferiores aparecen ya los actos de la Administración Catastral (381 de 1.065, un 35,8%) y los Actos del Procedimiento Recaudatorio (142 de 672, un 21,1%).