Cuando fallece una persona, uno de los trámites más pesados que tenían que seguir los familiares era descubrir si tenía algún seguro de vida y también de deceso. El Gobierno socialista aprobó en noviembre del 2005 una ley que solucionó en parte este problema, con la creación del registro de contratos de seguros de vida con cobertura de fallecimiento y seguros de accidente que cubran la muerte del asegurado.

Recientemente, en el Congreso de los Diputados se dio un paso más en esta vía a favor de la transparencia en las herencias, con la aprobación de una proposición no de ley que insta al Gobierno a crear un mecanismo "que permita a los legítimos herederos de un difunto conocer las posiciones de éste en depósitos bancarios y en participaciones en fondos de inversión". La iniciativa pide también la ampliación del actual registro de seguros para que incluya los fondos de pensiones o sistemas similares de previsión y una cosa tan obvia como "los seguros de deceso que cubran los gastos del propio fallecimiento".

Información en una hora

El registro de seguros depende del Ministerio de Justicia. Hay varias gerencias territoriales en las que, con el justificante previo de los gastos de tramitación (menos de 10 euros), facilitan a la persona que presente el certificado de defunción todos los datos de seguros de vida del difunto y sus beneficiarios. "En menos de una hora tenía toda la información", explicaba un heredero que acudió a las oficinas de la gerencia en Barcelona. Pero esta misma persona añade que tardó "varias semanas" en poder aclarar los seguros de deceso del difunto. Cuando el Gobierno cumpla la recomendación aprobada ayer debería tener lo tan fácil como con los seguros de vida.

José López Garrido, el diputado del Grupo Popular que defendió la proposición no de ley, destacó la necesidad de que "se centralice y se proporcione seguridad jurídica sobre la titularidad de los activos financieros de los que disponía un difunto". Es cierto que Hacienda dispone de la mayoría de estos datos, y también que, según las entidades bancarias, hasta ahora no ha habido muchas cuentas que se hayan quedado sin nadie que las reclame tras la muerte de su titular. En estos casos, como en los de depósitos y fondos acaban en manos del Estado si nadie los reclama pasados 20 años.

Pero López Garrido vaticina que esto puede cambiar mucho con la banca electrónica e internet: "Cada vez es menos transparente o menos evidente para su entorno familiar dónde está el dinero de una persona, porque la antigua relación notoria con el banco ha ido desapareciendo". Era muy fácil acudir al banco para pedir los datos si estaban en una cuenta conocida por los familiares, pero es más complicado localizar otros instrumentos financieros en los que el fallecido tuviera invertidos sus ahorros, sobre todo si no hay testamento, o se han contratado por internet y en un periodo en el que todavía no constan ni en la declaración de renta, ni en la de patrimonio.

El hecho de que la proposición de ley sea una iniciativa del PP garantiza que acabará convirtiéndose en una medida real en un plazo más o menos corto. El texto no propone un sistema concreto, sino que insta al Gobierno a adoptar "medidas normativas que contemplen la creación de los mecanismos de información oportunos para que puedan conocerse por los legítimos herederos y beneficiarios, a petición suya y con la mayor brevedad posible, los productos e instrumentos financieros contratados por una persona fallecida".

El diputado popular reconoce que la propuesta puede colisionar con la legislación de protección de datos y que también, según como se aplique, puede ser más o menos costosa. "Al Gobierno le tocará estudiar la fórmula más adecuada", dice.