La juez del Juzgado de Olivenza número 1, Pilar Sánchez-Baña Rodero, que instruye el denominado ´caso Lusográfica´, está investigando si el Partido Popular incumplió su obligación de mantener el secreto de las diligencias y difundió entre los medios de comunicación una providencia en la que pedía al secretario del juzgado que citara en calidad de imputados al exalcalde de Olivenza, Ramón Rocha, y a otros 12 concejales y exconcejales socialistas.

La juez Sánchez-Baña quiere saber si hay una relación causa-efecto entre la aprobación de la personación en el caso del PP, como acción popular, y la difusión de la citada providencia, toda vez que la personación y la difusión se produjeron el mismo día, el pasado 18 de febrero, y con escasas horas de diferencia. Además, la providencia, que fue la base para que se elaboraran las informaciones sobre la imputación de los citados, es del 24 de noviembre y las últimas citaciones a los imputados eran para el 28 de enero, es decir, los efectos de la misma se habían cumplido semanas antes.

La juez ha dado al representante legal del PP el preceptivo plazo de diez días para que alegue lo que considere oportuno en su defensa. Si finalmente estima que ha habido una vulneración del secreto le sería de aplicación el artículo 301 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que establece una sanción que, en todo caso, es simbólica y que todavía está reflejada en pesetas en el texto legal: entre 250 y 2.500 (entre 1,5 y 15 euros).

Con el caso Lusográfica se investiga la actuación del Ayuntamiento de Olivenza en relación a la empresa Lusográfica, que se construyó en suelo vendido por el propio municipio; que recibió ayudas públicas y que se cerró a los cinco años sin haber cumplido los objetivos de empleo.[subtitulo.120]

La sanción máxima, si se le sanciona, es simbólica: 15 euros