El primer extremeño procesado judicialmente por conducir sin carnet ha sido condenado a una multa de 1.200 euros y a prestar servicios a la comunidad durante 20 días. Esta es la sentencia emitida ayer contra Manuel Martínez por el Juzgado número 1 de Mérida.

Es el primer caso registrado en Extremadura tras la entrada en vigor de la reforma del Código Penal, el pasado uno de mayo, que considera delito ponerse a los mandos de un volante sin el preceptivo permiso de Tráfico. Antes, la infracción se resolvía con una sanción administrativa.

Este emeritense puede sentirse afortunado, no obstante, por la sentencia dado que el artículo 384 recoge que los conductores que no tengan carnet se pueden enfrentar, según la gravedad de su actuación, a una pena de prisión de 3 a 6 meses o a una multa de 12 a 24 meses, y a trabajos en beneficio de la comunidad que pueden llegar a los 90 días.

Manuel Martínez, que recientemente había salido de la cárcel, acababa de abandonar los juzgados de la capital extremeña en la mañana del jueves, acompañado por su mujer y uno de sus hijos, cuando la policía local le detuvo por tirar una bolsa a la calzada de la calle Almendralejo por la ventana de su coche, según explicó a Europa Press el propio condenado tras acudir ayer al juzgado.

Los agentes de municipales le dieron el alto para recriminarle, le pidieron la documentación y descubrieron que no contaba con el carnet de conducir. Esta no era la primera vez que le sorprendían sin permiso de conducir, puesto que ya contaba con una sanción anterior.

EL PERIODICO solicitó información a la Delegación del Gobierno sobre las denuncias por conducir sin carnet interpuestas en la región desde que esto es delito, pero no facilitó los datos.

UN ABSURDO La Dirección General de Tráfico (DGT) acabará los próximos días con un absurdo en el que se calcula pueden estar atrapados 60.000 conductores en España. Son los pillados en los últimos 24 meses por conducir sin haber pasado por la autoescuela. En aplicación de la normativa vigente hasta el pasado miércoles, Tráfico les prohibió obtener la licencia en un plazo de dos años y ahora se encuentran con que, aunque quieran no pueden examinarse, pero si siguen conduciendo cometen un delito penado con cárcel o trabajos comunitarios. El director general de Tráfico, Pere Navarro, anunció ayer que la sanción les será levantada en coherencia con la filosofía de la reforma penal.

"Hemos convertido en delito la conducción sin haber obtenido el carnet porque lo que queremos es que todo el mundo que quiera conducir se vea obligado de verdad a sacárselo. Lo que no tiene sentido es impedírselo. Los estaríamos obligando a seguir conduciendo sin permiso", declaró ayer a EL PERIODICO el máximo responsable de la seguridad vial. Los servicios jurídicos de la DGT redactarán una instrucción a sus jefaturas provinciales a lo largo de la próxima semana precisando la fórmula legal a través de la cual que se aplicará la amnistía.

AL DIA SIGUIENTE En el nuevo Código Penal desaparece precisamente la sanción de dos años sin conducir. Los pillados a partir del 1 de mayo, reciban la condena que reciban, podrán sacarse el carnet al día siguiente de salir de los juzgados en coherencia con la filosofía enunciada por Navarro. Solo recibirán la prohibición de conducir en el caso de que hayan cometido otro delito, como por ejemplo superar la tasa penal de alcohol o velocidad.

En este caso, el juez les quitará "el derecho a conducir" durante un periodo de tiempo. Cuando este expire podrán examinarse --antes incluso podrán matricularse en una autoescuela-- y si aprueban, lanzarse de nuevo a la carretera.

Ante las numerosas dudas que están empezado a surgir en torno a la aplicación de la ley, la web micarnet-ya.com ha abierto un foro específico de debate y consultas sobre la cuestión. Esta página logró en pocos meses que se cambiara un normativa sobre la caducidad del carnet y llegó a contar con la participación de la DGT.