Sanidad prevé autorizar a lo largo del 2019 la duplicación de las tarjetas sanitarias para los hijos menores cuyos padres no conviven. Es un tema complejo sobre el que hay poca regulación en España pero que demandan desde los colectivos de padres y madres separados para garantizar que ambos progenitores pueden acceder a toda la información sobre la salud de sus hijos (especialmente en los casos en los que las relaciones entre los progenitores son conflictivas), y la Junta de Extremadura está llevando a cabo los trámites para elaborar un decreto que regule esta cuestión. La Asamblea aprobó en 2017 una resolución en la que se plantea abordar «una clara regulación de la atención, en los centros sanitarios de nuestra comunidad autónoma, a los hijos menores cuyos padres no conviven». Esta incluye aspectos relativos a la doble tarjeta sanitaria, pero también el consentimiento informado, hospitalización del menor, historia clínica e información a los profesionales sanitarios, a fin de salvaguardar los intereses de los menores, «velando y garantizando que los progenitores puedan cumplir con sus obligaciones y responsabilidades participando en todas las decisiones que conciernen a la salud de sus hijos», añade.

al defensor del pueblo/ Eso es lo que se está abordando ahora aunque, por el momento, lo único que se va a regular es la duplicación de la tarjeta sanitaria, con el fin de que ambos progenitores puedan disponer de este documento de sus hijos. El resto de cuestiones que incluye la resolución llevarán más tiempo «debido a la complejidad de contemplar todas y cada una de las situaciones que se pueden producir». Antes, en el 2016, el Defensor del Pueblo ya recomendó a Extremadura que adoptara «las medidas oportunas para facilitar a cualquiera de los padres separados o divorciados con hijos menores no emancipados y cuya patria potestad sea compartida, una copia o duplicado de la tarjeta sanitaria individual de sus hijos».

Según señalan fuentes del SES, ya se está ultimando el decreto que regulará los duplicados y el proceso está siendo complejo desde el punto de vista jurídico, por lo que se ha tenido que coordinar el trabajo entre la Unidad Central de Gestión Poblacional, dependiente de Sanidad, y los servicios jurídicos, para estudiar la fórmula más adecuada. «Desde el punto de vista legal es como si planteáramos duplicar el DNI o el pasaporte», señalan las fuentes del SES.

La situación en España es dispar y la mayoría de las regiones no contemplan aún esta opción. Sí está regulado en Cataluña, Comunidad Valenciana y Madrid, que son también las regiones en las que las custodias compartidas de los hijos menores son más habituales en caso de divorcio. En el resto de comunidades no se lleva a cabo el duplicado aunque en algunas, como Andalucía, sí se emiten certificados con la misma validez del documento en esos casos, según algunos colectivos de afectados.

nuevo decreto/ En el caso de Extremadura, la regulación se llevará a cabo mediante una modificación del decreto 9/2008 de 25 de enero que regula la tarjeta sanitaria, entre otras cuestiones, y teniendo en cuenta que desde entonces ya se han producido muchos cambios, como la creación de un código único para todo el Sistema Nacional de Salud, la eliminación de la caducidad del documento (el decreto en vigor mantiene aún un periodo de validez de 6 años). Junto a esas modificaciones se ha incluido también la gestión para la emisión de un duplicado de tarjeta sanitaria individual para cada uno de los progenitores. Una vez que se apruebe ese decreto, el padre o la madre podrá solicitar a la Consejería de Sanidad una copia de la tarjeta sanitaria individual de su hijo o hija menor de edad. «De esa forma, ambos podrán disponer del documento sanitario identificativo del niño», señalan desde el SES. El borrador del decreto iniciará en breve la tramitación y se prevé que los cambios que plantean sean aplicables a lo largo del 2019.