Como ya hiciera el pasado mes de junio, el Tribunal Constitucional (TC) ha vuelto a admitir a trámite otra cuestión de inconstitucionalidad planteada por el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx) sobre la modificación de la Ley del Suelo y Ordenación Territorial de Extremadura (LSOTEx) que permitía la legalización de Marina Isla de Valdecañas.

Esos cambios que se aprobaron en la Asamblea extremeña (con los votos a favor de PSOE y PP) en el año 2011, unos 20 días después de que se dictara la primera sentencia de derribo del complejo, permitían que se construyera en suelos no urbanizables protegidos de la Red Natura 2000 y, por tanto, daba cobertura legal al complejo Isla de Valdecañas.

Así, una vez modificada la ley extremeña del suelo, la Comisión de Urbanismo -la máxima autoridad en esta materia- comenzó un proceso para homologar (o lo que es lo mismo relegalizar) tanto el Proyecto de Interés Regional (PIR) Marina Isla de Valdecañas como el plan general de El Gordo, entre otros documentos, que ya habían sido declarados nulos.

LA HOMOLOGACIÓN / Sin embargo, los ecologistas recurrieron cada uno de esos procedimientos de homologación, lo que paralizó la relegalización del complejo. Defienden que los cambios introducidos en la ley de suelo extremeña son inconstitucionales y el TSJEx también tiene sus dudas, por eso está elevando al Tribunal Constitucional varias cuestiones de inconstitucionalidad referentes a esa ley regional. La primera fue admitida a trámite por el TC el pasado mes de junio y la segunda -atañe en concreto a la homologación del PIR- fue admitida mediante una providencia el pasado 29 de octubre, tal y como fue ayer publicado en el Boletín Oficial de Estado (BOE). Y seguirán llegando más cuestiones de inconstitucionalidad en el mismo sentido, advierten, porque hay varios procesos de homologación referidos al complejo.

Pero para todas habrá una misma respuesta que el Tribunal Constitucional ya está estudiando. Tiene que dirimir si los cambios que aprobó la Asamblea de Extremadura se ajustan o no a la Constitución, algo que al propio TSJEx también le genera serias dudas, por eso a través de un auto del pasado abril elevó el asunto al Constitucional.

Lo que está en tela de juicio no es la ley del suelo completa, sino la parte que fue modificada: el artículo 11.3 (que introducía la posibilidad de construir en espacios protegidos de la Red Natura 2000, como son las zonas Zepa) y la disposición adicional única que regula el proceso de homologación.

En el primer análisis, el TSJEx reconoció en su auto de abril que lo que se hizo fue una ley singular prevista para un caso específico para «eludir» las sentencias de derribo: «el objetivo es ofrecer un procedimiento de regularización para el PIR que ha sido declarado nulo». Además, el TSJEx también advirtió que, a su juicio, esa recalificación de los suelos «vulnera la normativa básica del Estado que prohíbe este tipo de desarrollo en el suelo no urbanizable».

FASE DE EJECUCIÓN / Tanto esta nueva cuestión de inconstitucionalidad admitida trámite ahora, como la de junio, no supone la paralización del proceso de ejecución de la sentencia de derribo del complejo que se está dilucidando en estos momentos. El TSJEx deberá pronunciarse en las próximas sobre la inejecución solicitada por la Junta de Extremadura aunque, fuentes del caso, advierten que la sala podría paralizar su decisión hasta tener la respuesta del Tribunal Constitucional en este otro proceso administrativo en marcha. La decisión es solo del tribunal y por el momento no ha decidido todavía qué hará.