En los últimos días se han conocido tres sentencias de dos juzgados de Cáceres que condenan a entidades financieras por la comercialización de participaciones preferentes y deuda subordinada. La primera en dictarse --con fecha del pasado 18 de noviembre-- ha sido una del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 5 de Cáceres --el correspondiente al juez decano-- y en ella se condena a Bankia a devolver 75.247 euros a los demandantes una vez que se declaran nulos los contratos firmados entre las partes el 27 de mayo de 2009 y el 5 de octubre de 2010 sobre los productos denominados Participaciones preferentes Caja Madrid 2009 y Obligaciones Subordinadas Caja Madrid 2010-1. De acuerdo a la sentencia, se trata de "productos complejos" en torno a cuya contratación se produjo un "cúmulo de desinformación" que se traduce en la "existencia de un vicio esencial del consentimiento".

"El juez decano está mostrando esta sentencia a los abogados del resto de entidades para que sepan su criterio en estos casos", explicó ayer Carlos Arjona, portavoz de la junta directiva de Adicae Extremadura. Esta asociación tiene en los tribunales unas doscientas demandas similares. La mayor parte de ellas (unos 150) son por productos comercializados por Caja Extremadura, actualmente integrada en Liberbank.

Y precisamente a esta entidad se refieren las otras dos sentencias. En una de ellas, con fecha del pasado viernes, el Juzgado de Instrucción número 4 de Cáceres falla en contra de Caja Extremadura, a la que obliga a devolver 15.090 euros al tiempo que le impone el pago de las costas. En ella se declara nula "la orden de compra de obligaciones subordinadas" y su posterior canje por acciones.

Tres días después, y de nuevo el Juzgado de Instrucción número 5 de Cáceres, falló en contra de Caja de Extremadura y declaró nulos tres contratos de suscripción de deuda subordinada por un valor conjunto de 11.000 euros y también la imposición de costas a la parte demandada.