--Usted ha llegado a afirmar que esta sentencia cuestiona la separación Iglesia-Estado....

--Así es. Los profesores de Religión están contratados por el Estado y dan clases en centros públicos, pero pueden ser despedidos por no atenerse a la moral católica. Si la Iglesia les retira el permiso para enseñar, el Estado les tiene despedir y, si el despido es improcedente, también indemnizarles. De esta forma, el Estado se convierte en un instrumento de ejecución de la Iglesia para el desarrollo de la disciplina eclesiástica y para el control de los principios católicos de estos docentes.

--¿Considera que esta sentencia avala la vulneración de derechos constitucionales?

--Un profesor de Religión puede ser despedido porque se divorcie, use la píldora y otros aspectos que son absolutamente indeterminados. En el Estatuto de los trabajadores se recogen una serie de causas de despido que son absolutamente taxativas y claras. Pero tú me dirás como se valora la conducta y el comportamiento de una persona en todos los actos de su vida. Es decir, si se emborracha un día, ¿se le puede echar?. El profesor de Religión se ve en una situación de inferioridad de derechos en la que no se ve ningún otro ciudadano español.

--Sin embargo, desde el Gobierno se ha reconocido estos días la potestad que las leyes dan a la Iglesia para decidir qué profesores imparten la materia.

--En la Ley Orgánica de Educación (LOE), efectivamente, figura un miniestatuto del profesor de Religión, pero que se remite a los acuerdos con el Vaticano. Esta es la madre del cordero: la existencia de unos acuerdos que derivan en la limitación de los derechos constitucionales de un grupo de ciudadanos. La cuestión clave es modificar o derogar determinados aspectos de los acuerdos.

Y más tras ver esta sentencia. Lo más preocupante de esto es cómo el Constitucional ha adoptado una postura muy conservadora. Claro que, ahora que se ha recusado a un magistrado del Constitucional por intervenir en un informe para la Generalitat, habría que preguntarse cuántos magistrados de los que han intervenido en esta sentencia se declaran católicos. ¿Se habrán planteado los mismos magistrados que han recusado a Pérez Tremps si siendo miembros de una determinada religión deberían abstenerse a la hora de dictar esta sentencia. Ya no estamos en el Estado nacionalcatólico, aunque lo parece.