El equipo de gobierno considera que, aunque se estimen los dos primeros motivos alegados por Joca-Dycex en el recurso de reposición (la extemporaneidad del requerimiento de la Consejería de Agricultura y la ausencia de audiencia), que suponen dejar sin efecto la anulación del contrato para la construcción del complejo cultural y comercial, todavía "subsisten motivos de fondo que avalaron la declaración de nulidad del expediente".

Así, el equipo de gobierno se ratifica en que los requerimientos de las administraciones para la nulidad de contratos "constituyen un supuesto especial que no precisan dictamen del Consejo de Estado". Además, señalan que el contrato mixto aprobado incumple la ley, "desde el momento que hay prestaciones no reguladas en la normativa de contratación".

También defienden que ni el contrato de obra pública ni la concesión pueden ser financiados con aprovechamientos urbanísticos, "ya que encubre una venta que afecta a excedentes de aprovechamientos no regularizados a través del Registro de Transferencias de Aprovechamientos, no creado en este ayuntamiento".