Los conductores de mini motos que circulen por lugares públicos se enfrentan a multas de hasta 150 euros y la inmovilización y depósito del vehículo.

Así lo señala la Delegación de la Policía Local en una nota ante la proliferación de estas pequeñas motos en la ciudad. A los aficionados se les puede ver, sobre todo, los fines de semanas en los parques del río Guadiana y del Albarregas.

Según la ley de Tráfico, al tratarse de un vehículo de combustión, y quedar fuera de la legislación de juguetes, no pueden circular por espacios públicos, como calles o parques, y sólo lo podrán hacer en circuitos cerrados y autorizados. Por tanto, para andar con estas mini motos, hay que tener el carnet de conducir y la ficha técnica del vehículo.

Desde la policía local se quiere hacer hincapié en estos conceptos y poner en conocimiento de los titulares de mini motos, o de personas que vayan a adquirirlas, que asumen el riesgo de ser denunciados a Tráfico con una sanción de 150 euros.

Además, no pueden ser considerados como juguetes porque la legislación sobre esta materia sostiene que "se entenderá como juguete todo producto concebido o manifiestamente destinado a ser utilizado con fines de juego por niños de edad inferior a 14 años". Y un anexo excluye los vehículos con motores de combustión.