Hoy se discute en la Asamblea la Ley de Igualdad entre Mujeres y Hombres y contra la Violencia de Género en Extremadura. La norma incluye materias como la igualdad en la educación y en el empleo; la conciliación de la vida laboral, familiar y personal; protección de la salud; participación social y política, así como imagen y medios de comunicación social. La mayoría de los contenidos de la ley tienen una relación directa con el derecho, pero es en el Título IV, sobre la Violencia de Género, en el que la labor de la abogacía encuentra mayor encuadre.

El Colegio de Abogados de Cáceres, cumpliendo con el mandato legal y con su finalidad social, suscribió con la Consejería de Cultura, en el año 2000, un Convenio por el que se creaba el Turno Especial de Asistencia a la Mujer Víctima de Malos Tratos y Agresiones. En el año 2005, este servicio pasó a integrarse dentro de los Servicios Jurídicos de Carácter Social que gestionan los colegios de abogados, en el que prestan servicio abogadas y abogados especialmente formados en esta materia.

En el Colegio de Abogados de Cáceres el Turno Especial de Violencia de Género está integrado por más de cien letrados que, además de cumplir con los requisitos generales para el acceso al Turno de Oficio han de realizar cursos de especialización que garantizan una formación permanente para prestar el mejor servicio a las víctimas, con una cualificación profesional de alta calidad.

En el año 2009, fruto de la colaboración con el IMEX, se instauró un Turno de refuerzo con el fin de que las mujeres víctimas de violencia de género no permanezcan más que el tiempo estrictamente necesario en las dependencias de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado donde se tramitan sus denuncias.

La principal novedad de la Ley Extremeña consiste en que se amplía la protección reconocida a las mujeres y a sus hijos, considerando a los menores como víctimas directas de la violencia de género y garantizándoles la prestación de los servicios de asistencia jurídica gratuita en el caso de fallecimiento de la madre o en otras circunstancias que impidan a la madre ejercer las potestades que le son propias respecto a los propios menores.

Es de resaltar el contenido de la Exposición de Motivos de la Propuesta de Anteproyecto, que señala que la ley aspira a conseguir la igualdad real y efectiva entre mujeres y hombres, así como erradicar la violencia de género. Son objetivos ambiciosos, que necesitarán la colaboración de toda la sociedad extremeña para llegar a buen fin. Y dentro de esa sociedad la abogacía cacereña, consciente de su función como defensora de los derechos de los más desprotegidos, se suma a estas aspiraciones y desea que la norma sea eficaz y logre alcanzar las metas fijadas en el menor tiempo posible.