XPxor más que los políticos de turno de Medio Ambiente intenten quitar importancia a las Zonas de Especial Protección de Aves (ZEPA), cada vez que hablan es para empeorarla.

Para empezar, haremos mención a dos artículos publicados en EL PERIODICO EXTREMADURA, escritos por el señor director general de Medio Ambiente de la Junta de Extremadura en agosto pasado. El primero hace mención a las ayudas que percibirán los terrenos que se hallen en zonas protegidas en el año 2004, las cuales ascienden a 421.000 euros. El segundo menciona la cantidad de terrenos protegidos de Extremadura, que según sus propios números asciende a un 30%, lo que supone 1.200.000 hectáreas.

¿Qué quiere decir esto? Pues que en el mejor de los casos y haciendo un reparto equitativo entre superficie y dinero se pagarían a 35 céntimos de euro por hectárea, en compensación a las limitaciones de usos de los terrenos protegidos.

Esta es la triste realidad, y es que en la Unión Europea no hay dinero para este asunto, como así quedó demostrado en el seminario internacional celebrado en Tenerife bajo el título Managing Natura 2000 , en el cual a la pregunta, "¿Va a haber dinero para crear y mantener las ZEPA, tal y como obliga la directiva?", hubo varias alusiones, pero quedó sin respuesta.

Esto demuestra que a pesar de que nuestros políticos se empeñen en querer que parte de los fondos de la Política Agraria Comunitaria (PAC) pasen a subvencionar el medio ambiente, la cosa está muy peliaguda, como explica el subdirector de Medio Ambiente, señor Miguel Aymerch en una entrevista en televisión, que dice: "El problema es de dónde sale el dinero, porque los países que están haciéndolo no quieren poner más y los que lo recibimos queremos seguir haciéndolo".

Así están las cosas, o se crea en la Unión Europea unos fondos específicos para mantener el medio ambiente, cosa poco probable, o los fondos de la PAC, hoy existentes pasarán a subvencionar a los países de la CE más necesitados, cosa del todo coherente, y este no es el caso de España.

Pero esto no es lo peor, lo malo es que las prohibiciones que conlleva ser terrenos protegidos impiden el desarrollo de los pueblos al no respetar un entorno para el mismo, como la propia ley especifica.

La experiencia nos avala en estas afirmaciones al haberlo experimentado en el planeamiento de Sierra de Fuentes en sus nuevas Normas Subsidiarias (DOE 20-03-03), aprobadas de común acuerdo entre la Junta y el anterior equipo de gobierno, sin haber contado, ni siquiera informado anteriormente al pueblo, o sea, que se han hecho a espaldas del mismo, aplicándose en éstas toda las prohibiciones que pretenden introducir en la ZEPA. Este es el motivo fundamental que ha llevado a manifestarse por siete veces a Sierra de Fuentes.

Aún hay más. Entendemos y creemos necesaria la protección de la Naturaleza, pero también el desarrollo de los pueblos para lo cual se debería respetar el espacio suficiente de su entorno para dicho desarrollo.

Tanto la ley 4/89 como la 8/98 se han hecho para conservar la Naturaleza, pero con el respeto a los habitantes que ocupan esas zonas. Ambas leyes hacen mención a dos instrumentos imprescindibles para conseguir sus objetivos: Plan de Ordenación y Plan Rector de Uso y Gestión.

Son objetivos del Plan de Ordenación, según la ley 8/98 en su artículo 9: a) Definir y señalar el estado de conservación de los recursos, de los ecosistemas o sus ciclos y de los procesos ecológicos en el ámbito territorial de que se trate. f) Fijar los criterios básicos para la compensación de las limitaciones de usos establecidos por el Plan de Ordenación de los recursos naturales a través de ayudas, indemnizaciones u otro tipo de medidas. g) Evaluar la situación socioeconómica de la población humana afectada en el momento de su elaboración y sus perspectivas de futuro. h) Establecer las directrices básicas que puedan favorecer el uso sostenible del territorio, coadyuvando el desarrollo económico y la mejora de la calidad de vida de las poblaciones del área geográfica afectada.

Por otra parte el Plan Rector de Uso y Gestión es el elemento básico de gestión de los Espacios Naturales Protegidos. Ambos planes son obligatorios por mandato de ley.

La asociación Asilla, en fecha 22 de julio de 2004, ha solicitado a la Junta en base al artículo 12.2 de la ley 8/98, el estudio y elaboración del Plan de Ordenación de los recursos naturales de la zona ZEPA Llanos de Cáceres y Sierra de Fuentes . Ambos deberían de existir, pero ninguno existe. ¡Creíamos que las leyes se hacen para cumplirlas!

*Vicepresidente de Asociación Sierray Llano (Asilla)