XExstos días estamos contemplando, con motivo del cambio de gobierno, múltiples tomas de posesión de las distintas personas que son nombradas para ocupar cargos. Indefectiblemente, en las crónicas de prensa que informan sobre dichos actos, se alude a que se ha procedido al "juramento o promesa" por parte de la persona designada; mas no solamente se dice ello en tal sentido, sin eludir nunca el citar las dos palabras "juramento o promesa", sino que, en casi todas las crónicas, se añade, y en ocasiones se comenta con morbo, cuántos han optado por la fórmula de juramento, cuántos por la fórmula de promesa y quiénes eran los que decidieron por una u otra.

Verdaderamente no se alcanza a comprender tal lexicología, principalmente cuando no debe existir una diferenciación entre una fórmula y otra. Parece ser que el motivo de elegir una de las dos está en las creencias religiosas de cada uno. Señala el Diccionario de la Real Academia que el significado de la palabra jurar es, entre sus distintas acepciones: 1. Afirmar o negar algo poniendo por testigo a Dios, o en sí mismo o en sus criaturas. 2. Reconocer solemnemente, y con juramento de fidelidad y obediencia, la soberanía de un príncipe. 3. Someterse solemnemente y con igual juramento a los preceptos constitucionales de un país, estatutos de las órdenes religiosas, graves deberes de determinados cargos, etcétera. Y en cuanto a la palabra prometer: 1. Obligarse a hacer, decir o dar algo. 2. Asegurar la certeza de lo que dice. Habrá que preguntarse si está mal utilizada la palabra jurar por una persona que no tenga unas determinadas creencias religiosas. Ha de llegarse a la conclusión de que puede utilizarse por cualquiera, dado que no se trata de invocación a Dios alguno, y mucho menos a un Dios en concreto.

Ahora bien, si lo que se está haciendo al dar la opción de una fórmula u otra es la manifestación de un pensamiento tan íntimo como es el pensamiento que cada cual tenga sobre la deidad, con ello se está incumpliendo el mandato del artículo 16.2 de la Constitución Española: "Nadie podrá ser obligado a declarar sobre su ideología, religión o creencias". Sin entrar en más semasiología, como podría ser la de a qué Dios se puede referir el juramento, qué puede ser considerado Dios, cuál es la idea sobre la posibilidad de que algún bien supremo pueda ser tenido como tal; sin entrar en toda esta discusión filosófica, y sin ir tampoco a las causas por las que se plantea la disyuntiva de tener que optar por distintas fórmulas, hay una conclusión clara sobre todo ello y es la necesidad de no tener que obligar a nadie a optar entre una u otra, dadas las connotaciones que se crean.

No es difícil buscar una fórmula unitaria que evitara la curiosidad y hasta el morbo de ir escudriñando en la palabra utilizada por una persona o por otra. Aunque parece haber una homogeneidad en el uso de una fórmula u otra según se pertenezca a determinado partido político. Pero indudablemente, y por fortuna, las diferencias de pensamiento entre los distintos partidos no lo son por motivos religiosos y habremos de preguntarnos por qué fórmula habremos de decantarnos los que no pertenecemos a ningún partido.

Por tanto, deberá buscarse el medio por el que todo aquél que se vea en la necesidad de comprometerse solemnemente a asumir una responsabilidad pública, pueda manifestar ese compromiso sin otras mediatizaciones semánticas, aunque haya quien la tenga que manifestar al hacerlo por "imperativo legal".

*Decano del Colegio de

Abogados de Cáceres