Un juez de Mérida ha echado abajo la pretensión del Ayuntamiento de montar una consulta popular, prevista para hoy, a través de la cual se iba a preguntar a los vecinos si querían que uno de los dos festivos locales fuera el martes de carnaval o un día de feria. Según el auto judicial, la consulta no puede tener lugar porque el consistorio no ha cumplido los requisitos legales exigidos: aprobarla en un pleno con mayoría absoluta y obtener el permiso del Gobierno, único órgano con capacidad para convocar consultas.

La decisión del juez, a resultas del recurso presentado por el Grupo Popular emeritense, era la que cualquiera que no fuera muy lego en derecho podría prever, y hasta la organización de la misma atendía más a un asunto folclórico bajo la apariencia de ´experiencia de democracia directa´, con la que se le pretendía arropar, que a un referendo --porque de un referendo se trataba, con posibilidad de elegir entre dos opciones-- con las garantías necesarias en un sistema democrático maduro.

La idea de celebrar una consulta ha sido, además, innecesaria. En primer lugar porque el asunto que decidir tiene una importancia extraordinariamente relativa; en segundo lugar, porque bastaba con que el Grupo Socialista, gobernante en Mérida, aplicase su propio programa, con el que ganó las elecciones, para que se cumpliera la democracia, toda vez que en él ya proponía que el festivo fuera el martes de carnaval. Si a todo ello se añade que el asunto se ha saldado con una victoria del PP, arrinconado hasta ahora por las cuentas ´del Gran Capitán´ del exgerente de Autobuses, la iniciativa no ha podido ser más desafortunada.