El ayuntamiento se ha apoyado en un dictamen del Consejo Consultivo de Extremadura para desestimar la reclamación de responsabilidad patrimonial formulada por una vecina que sufrió una caída en la calle y ha reclamado una indemnización de 18.885 euros.

La mujer sufrió el pasado año un caída en la vía pública que la produjo graves daños personales y que achacó al mal estado del acerado por el que transitaba, por lo que presentó una reclamación al consistorio, iniciándose así un expediente de responsabilidad patrimonial.

En febrero de 2012, el instructor del expediente propuso la desestimación de la reclamación de esta vecina, por lo que el ayuntamiento decidió remitir el asunto al Consejo Consultivo de Extremadura con el fin de recabar un dictamen sobre el asunto.

En el mismo, el Consejo Consultivo, se ha pronunciado en sentido desfavorable a la estimación de la reclamación y ha concluído que en este supuesto no resulta procedente declarar la responsabilidad patrimonial del Ayuntamiento de Plasencia, según el anuncio que publica el Boletín Oficial de la Provincia.

El dictamen señala que, pese a haberse acreditado la existencia de un daño, "no existe constancia, a través de ningún medio de prueba, de que los daños sufridos por la reclamante se produjeran en el lugar y circunstancias por ella señalados".

Al contrario, señala que "es más probable" que concurran causas achacables a la propia conducta de la víctima, tales como el poco cuidado, el apresuramiento, o la propia edad y condición física de la accidentada y reclamante, "siendo así que es perfectamente exigible un mínimo de diligencia al peatón con el fin de evitar incidentes", afirma el dictamen.