La Fiscalía pide a la titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Plasencia el sobreseimiento de la causa abierta contra la exalcaldesa de la localidad, Elia María Blanco, y cuatro ediles y exediles socialistas imputados por un presunto delito de insolvencia punible.

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Plasencia ha abierto diligencias previas por un delito de insolvencia punible -alzamiento de bienes- deducido de la causa principal que abrió el Juzgado número 4 de Plasencia por un presunto delito de prevaricación y en la que están imputados seis representantes políticos y un constructor local.

La apertura de diligencias se ha producido a raíz del análisis y estudio patrimonial de los investigados remitido el 23 de noviembre por la Unidad de Delincuencia Especializada de la Brigada Provincial de Policía Judicial de la Comisaría Provincial de Cáceres.

Según esta investigación, cinco de los imputados podrían haber realizado actividades presuntamente irregulares para reducir significativamente sus bienes al objeto de evitar los embargos decretados para hacer frente a las posibles futuras indemnizaciones, en el caso de que fueran declarados culpables en juicio.

Tras la toma de declaración a los cinco imputados -la exalcaldesa Elia María Blanco, el edil Francisco Barbancho, y los exediles Enrique Tornero, Blas Raimundo y Pablo Sánchez del Mazo- cuyos representantes legales pidieron el archivo de la causa, el Ministerio Fiscal ha hecho lo propio al no quedar debidamente acreditados los hechos como constitutivos de delito, según han informado hoy a Efe fuentes del caso.

La Fiscalía considera que si bien la Policía Nacional ha realizado un "exhaustivo y riguroso" estudio de los movimientos patrimoniales, acreditando una serie de movimientos en el patrimonio de los cinco imputados, "no ha quedado acreditado que su finalidad fuera otra que atender las necesidades propias del desarrollo de su vida diaria o el cumplimiento de deberes de apoyo familiar".

Por ello, según señala la Fiscalía en el escrito remitido al Juzgado, no puede concluirse que la finalidad de estos fuera impedir el embargo decretado en el marco de la causa principal.