El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 de Badajoz ha inadmitido un recurso contra un acuerdo del pleno municipal de la localidad de Guadiana, del 7 de junio de 2018, acuerdo que rechazaba una moción del grupo socialista, que pretendía la inclusión en el Catálogo de Vestigios del ayuntamiento de aquellos que constaban en las fichas elaboradas por el Comité de Expertos de la Diputación de Badajoz.

Así, el juzgado rechaza dicho recurso e impone el pago de las costas judiciales al recurrente, dado que «no resulta posible ni admisible la interposición de un recurso contencioso administrativo respecto de un acto que viene a ser una reproducción de otros anteriores».

Así mismo, el alcalde de Guadiana, Antonio Pozo Pitel, señaló que «también recoge, como nosotros pusimos de manifiesto, lo confuso que es el contenido de la demanda», Además, Pozo afirmó que «con esta sentencia van ocho que nos da la razón». Y se felicita por ser «el primer paso para la devolución de las subvenciones que la diputación nos tiene retenidas, arbitrariamente», a la que acusa de «perjudicar al pueblo».

«SOLO UNA SENTENCIA» / El portavoz del grupo socialista de Guadiana, Francisco Moreno, por su parte, afirmó que «lo cierto es que hasta ahora, solo hay una sentencia real, pues en el resto los jueces y tribunales no han entrado en el fondo del asunto, y es la del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx), que invalida las obras seis anteriores y que obliga al ayuntamiento a quitar los vestigios que hay en el pueblo». Esa sentencia, recordó Moreno, «la recurrió el alcalde ante el Tribunal Supremo y está pendiente de dicte sentencia».

El portavoz socialista añadió que «la diputación no quita un euro al pueblo, quien se lo quita es el alcalde y su grupo por no cumplir con lo que dice la Ley de Memoria Histórica y los requisitos de las subvenciones provinciales».