El decreto sobre sanidad mortuoria, debatido ayer por la ministra y los consejeros, prohibirá la dispersión de las cenizas funerarias "en las vías o parques públicos y en aquellos lugares donde puedan originar molestias a la población". También sanciona el abandono de una urna en lugares públicos. La norma, que actualiza otra de 1974, fija que no podrán ser reutilizados los féretros ni se podrán arrojar al mar cadáveres de personas fallecidas en un barco. También se crea un registro nacional de todas las empresas autorizadas para el traslado de cadáveres y se afina en las normas para su manipulación.