Un Juzgado de lo Penal de Valencia ha condenado a dos años de prisión a las cuatro enfermeras responsables de un quirófano de urgencias que se ausentaron a la vez para comer fuera del hospital, lo que retrasó la cesárea que hubo que practicar a una paciente, cuyo hijo nació con graves daños cerebrales. La sentencia, a la que ha tenido acceso EFE, declara a las enfermeras responsables en concepto de autoras de un delito de lesiones en comisión por omisión, causadas por grave imprudencia, y además de la pena de cárcel les impone otra de dos años de inhabilitación especial para el ejercicio de cualquier actividad sanitaria.

La resolución, que puede ser recurrida, establece también que deberán pagar una indemnización de 1.048.544,90 euros, parte de la cual se abonará en forma de pensión vitalicia al niño. Los hechos sucedieron el 27 de noviembre de 1999 en el Hospital Clínico de Valencia, donde la mujer, que ha sido representada por el abogado Alberto Ventura Ungo, había ingresado el día anterior para dar a luz.

Sobre las 14:00 horas, y en vista de que el aporte de oxígeno al feto se veía comprometido al haberse producido un "prolapso de cordón" -que consiste en la salida del cordón umbilical a través del cuello uterino antes de la salida fetal-, la ginecóloga decidió la práctica de una cesárea de urgencia y la paciente fue trasladada al quirófano.

Según la sentencia, al llegar al quirófano se encontraron "con que el mismo estaba cerrado y apagado, sin el instrumental preparado, no hallando a nadie", pese a lo cual a las 14:15 horas los ginecólogos, anestesistas, pediatras y matronas ya tenían dispuesto lo necesario para comenzar la intervención. Faltaban, sin embargo, las cuatro enfermeras adscritas al quirófano, que "no se encontraban allí, al haberse ausentado todas juntas, careciendo de aparato buscapersonas y sin dejar a nadie que pudiera atender el servicio que tenían específicamente asignado, para comer en una cafetería (...) situada fuera del hospital (...) y a la que se accede tras cruzar una calzada con tráfico rodado".

Consecuencias dramáticas

"Desde las 14:15 horas, en que estaba ya todo dispuesto, hasta las 14:21 horas no se pudo, por los anestesistas, proceder a intubar" a la paciente, ya que la ginecóloga no podía practicar la incisión para iniciar la cesárea "al carecer del material preciso para ello y, en concreto, de bisturí". Ese material "no estaba dispuesto para ser utilizado, dado que el equipo de enfermería adscrito al quirófano (...) y encargado de ello, no estaba presente".

La celadora que había sido enviada a buscar a las enfermeras las encontró en la cafetería, donde se disponían a pagar la cuenta. Cuando llegaron al quirófano, "la práctica de la cesárea ya se había iniciado, estando la ginecóloga procediendo a abrir el vientre de la paciente", gracias a que un celador, "tras invertir varios minutos en su localización", le había proporcionado por fin un bisturí.

A consecuencia de lo sucedido, el niño padece una parálisis cerebral que le supone "graves deficiencias neurológicas con afectación grave de su motricidad (...), de su lenguaje y retraso mental profundo, irreversible y crónico", precisando de asistencia por otra persona "para cualquier acto de la vida diaria". La sentencia dice que la exigencia de la presencia en el quirófano de las acusadas ha de analizarse de forma rigurosa, dado que si bien la situación que se produjo se da en muy contadas ocasiones, "es, sin embargo, previsible dentro del desarrollo de la actividad en un quirófano de urgencias"