Escal UGS, propietaria de la plataforma Castor, podría cobrar hasta 1.700 millones de euros en caso de que el Ministerio de Industria decida clausurar la instalación, incluso si hubiera existido negligencia por parte de la empresa, según ha dictaminado una sentencia del Tribunal Supremo que rechaza un recurso presentado por el Gobierno español en el 2012. La actividad de la plataforma, ubicada en el mar a unos 22 kilómetros de la costa de Vinaròs (Castellón), se encuentra paralizada desde el 26 de septiembre mientras se comprueba si la inyección de gas en el almacenamiento es segura o, por el contrario, se repetirán los cientos de seísmos registrados hasta ahora en la zona.

En mayo del 2012, una vez concedida la licencia de explotación a Escal UGS pero más de un año antes de que empezarán los terremotos, Industria decidió recurrir una cláusula del contrato, firmado años atrás, que establecía "una indemnización por el valor residual del activo en caso de negligencia o dolo por parte de la empresa". La cláusula recurrida, recogida en un real decreto del 2008 sobre la concesión de explotación del Castor, era a juicio del Gobierno "abusiva", como ha indicado reiteradamente el ministro de Industria, José Manuel Soria.

REVERSION GRATUITA Sin embargo, la Sala Tercera de lo Contencioso-Administrativo del Supremo desmonta los argumentos del Abogado del Estado al considerar que el principio de "reversión gratuita" al Estado utilizado por el Gobierno para anularla está sujeto a "modulación", ya que la propia ley establece también la posibilidad de fijar indemnizaciones. El principio de reversión gratuita aparece recogido en la ley de hidrocarburos, pero no puede ser interpretado "de forma absoluta" porque entonces se convertiría en contrario a derecho, al procurar un posible enriquecimiento "injusto" del Estado, señala la sentencia.

Además, el Supremo recuerda que en el propio decreto se puntualiza que el derecho a una indeminización por el valor residual del activo se produce "sin perjuicio de otras responsabilidades de la empresa concesionaria", de modo que una hipotética negligencia no queda exenta de posibles penalizaciones.

ALEGACIONES DE LA EMPRESA En sus alegaciones, Escal UGS argumentó que la denuncia del Gobierno se presentó "tras un largo tiempo desde que se otorgó la concesión, lo que supone una actuación contraria a la buena fe y a la confianza legítima". De hecho, indicó la empresa, durante todos los años de inversión y de construcción de la instalación en ningún momento la Administración puso en duda la "completa legalidad" del real decreto posteriormente impugnado.

El Gobierno asume que el valor total de la indemnización en caso de cierre podría rondar los 1.700 millones. Según Escal UGS, esa cantidad se obtiene sumando los 36 millones que costaron los estudios previos de investigación, los 1.260 millones de la construcción, los 165 millones de intereses acumulados y los 154 del hipotético desmantelamiento. En cualquier caso, el Ministerio ha encargado una auditoría externa para determinar por qué la obra, que había sido presupuestada en 700 millones, ha acabado costando 1.260.