Las compañías de transporte aéreo y terrestre internacional que no faciliten las relación de sus pasajeros a la autoridad española competente antes del inicio del viaje hacia España podrán ser sancionadas con multas de entre 6.000 y 60.000 euros (entre uno y 10 millones de pesetas), según el borrador de la reforma de la ley de extranjería que aprobará hoy el Consejo de Ministros.

Las empresas deberán comunicar el nombre, los apellidos, la fecha, el lugar de nacimiento, la nacionalidad y el número de pasaporte de los pasajeros. También deberán comprobar "debidamente" su documentación. De lo contrario, podrán recibir sanciones de entre 3.000 y 6.000 euros por cada viajero.

El borrador, sujeto a los cambios que se puedan antes de la reunión de hoy, también establece que la concesión de un permiso de residencia por causas humanitarias o excepcionales quede vinculado a la existencia de una oferta de trabajo.

El gerente de la Asocición de las Líneas Aéreas que operan en España, Julián Fernández, no quiso valorar la medida, aunque reconoció que están manteniendo contactos y cambio de impresiones con el Ejecutivo. Fuentes de Iberia aseguraron que su postura es irrelevante y no tienen más remedio que acatar las normas. Al igual que lo que sucede en Estados Unidos, "lo único que puede hacer Iberia es informar a los clientes de que sus datos van a ser puestos a disposición de las autoridades".