El Tribunal Europeo de Derechos Humanos decidió ayer levantar la suspensión cautelar del desahucio del bloque ocupado de Salt (Girona), tal y como le había solicitado la Abogacía del Estado en el escrito que acompañaba al informe reclamado por este organismo el pasado 15 de octubre. En un escueto comunicado de apenas ocho líneas, la Sección Tercera del alto tribunal comunicó al Gobierno y a los abogados de la Plataforma de Afectados por la Hipoteca (PAH) la medida sin dar ningún razonamiento de la misma, por lo que es evidente que da por buenas las explicaciones de la Administración. La decisión significa que en los próximos días el Juzgado de Instrucción número 3 de Girona, encargado del caso, deberá dictar una resolución que fije una fecha para que se lleve a cabo el desalojo.

El abogado de la PAH, Benet Salellas, valoró el hecho de que la justicia europea haya obligado a realojar a las familias gracias al recurso que presentó la plataforma y recordó que aún sigue pendiente la demanda de fondo que ha interpuesto la PAH en relación con todo el procedimiento del desahucio del bloque, y sobre la que el tribunal se ha comprometido a dictar una sentencia.

En el informe que hizo llegar al tribunal, la Abogacía del Estado explicaba que la Agencia Catalana de Habitabilidad ha ofrecido a las familias del bloque varios pisos de alquiler social para proporcionar alojamiento a todas ellas. También se aseguraba que los servicios sociales del ayuntamiento han llevado a cabo un seguimiento exhaustivo de la familias con niños, por lo que consideraba que se ha dado cumplimiento a la petición del tribunal de garantizar la protección del derecho a la vivienda y al domicilio familiar.

El Gobierno también hacía hincapié en que la Sareb, o banco malo, la propietaria del inmueble, no ha sido creada a iniciativa de las autoridades españolas, a pesar de que se ha constituido con un 45% de capital público, sino que responde a un imperativo europeo para sanear la banca del país. Y en que su función no es proporcionar vivienda social a los ciudadanos, sino que es un instrumento dirigido a vender unas propiedades y activos con el fin de obtener beneficios económicos. La Abogacía del Estado señalaba que mantener la suspensión del desahucio sería "perpetuar lo que no es otra cosa que una ocupación ilegal", lo que causaría "graves daños y perjuicios al interés nacional".

Por el contrario, Salellas había solicitado en sus alegaciones que prorrogara por seis meses la suspensión cautelar del desahucio, ya que consideraba que ese plazo era necesario "para finalizar el proceso de negociación y hacer el realojo con éxito".