El uso de animales para comprobar el rendimiento o la toxicidad de artículos de aseo y belleza, desde el jabón hasta la pasta de dientes, quedó ayer totalmente prohibida en la UE al concluir de manera definitiva las excepciones que afectaban a la comercialización de productos cuyas pruebas de idoneidad se realizaban en el extranjero. Ahora ya no se podrá vender ningún producto que no cumpla la normativa, ni siquiera los fabricados en terceros países.

La decisión es resultado de una directiva del Parlamento Europeo y del Consejo de la UE que entró en vigor el 11 de marzo del 2003 y que daba un plazo de 10 años para la prohibición de la experimentación animal en el área de cosméticos. La directiva aprobó la prohibición en dos fases: la primera, de carácter general, entró en vigor en el 2009, mientras que la segunda, con una prórroga hasta el 2013, afectaba a cuatro tipos de pruebas que las empresas del sector podrían realizan en el exterior porque se consideraba que aún no había suficientes alternativas.

Las cuatro excepciones eran comprobar en animales la toxicidad de dosis repetidas, la toxicidad para la función reproductora y la toxicinética. En este último caso, por ejemplo, se obliga "a los conejos o las ratas a ingerir la sustancia y luego se matan y se examinan cómo se distribuye dicha sustancia en los diferentes órganos".