Tanto el Ministerio Fiscal como la acusación particular --representando al Ayuntamiento de Cáceres-- mantuvieron sus peticiones de sentencias condenatorias para todos los acusados por estimar "probados los hechos que se les imputan".

El Ministerio Público, basándose en las pruebas fotográficas y en las declaraciones de los policías que actuaron en los disturbios y practicaron las detenciones, consideró "suficientemente probada" la culpabilidad de cada uno de los procesados en los delitos que a cada uno se le atribuyen.

El fiscal mantuvo, por ello, la petición de las penas --que en ningún caso superan los dos años de prisión-- incluída en sus conclusiones provisionales.

Para Modesto P. A., solicita un año y seis meses de prisión por un delito de desórdenes públicos y multa de 15 meses por el delito de daños; para Alexandre G., un año y cuatro meses de prisión por el delito de desórdenes públicos y doce meses de multa por el de daños; y para Fernando C., un año de prisión por el delito de desórdenes, ocho meses por el de resistencia y una multa de un mes por la falta de lesiones.

A Ignacio R., y Fernando S., por su parte, sólo se les acusa de desórdenes públicos y para cada uno de ellos pide el Ministerio Fiscal un año de prisión.

A estas penas de prisión se suma por parte de la fiscalía la petición de indemnizaciones. En este caso Modesto P. y Alexandre G. deberían indemnizar conjunta y solidariamente al Ayuntamiento de Cáceres, por los daños causados en contenedores y papeleras, con 1.929,35 euros; y a la empresa Atesa, propietaria del vehículo que resultó calcinado, con 8.450,25 euros. Y Fernando C., por su parte, indemnizar con 450 euros al Policía Local al que supuestamente causó lesiones.

La acusación particular, por su parte, imputa a todos los acusados un delito de desórdenes públicos, por lo que pide para cada uno de ellos una pena de dos años de prisión. Además, solicita que cada uno de los cinco acusados indemnice al Ayuntamiento de Cáceres con 7.971,29 euros por los daños causados en el mobiliario urbano de la ciudad.

EN DEFENSA

Los tres abogados defensores de los jóvenes juzgados por su presunta participación en los desórdenes públicos, que tuvieron lugar en Cáceres la madrugada del 6 de octubre del 2002, coincidieron en sus peticiones de sentencias absolutorias.

Para ninguno "ha quedado probado" que alguno de los cinco encausados participaran activamente en los disturbios y causaran daños a objetos o personas.

Como el Ministerio Fiscal había cuestionado durante su exposición la validez de las declaraciones de los testigos de la defensa, por ser todos amigos de los acusados, los abogados defensores hicieron lo propio con las pruebas aportadas por el fiscal.

En este sentido hicieron constar que la misma validez tiene la declaración de un miembro de las fuerzas y cuerpos de seguridad como la de los encausados o sus testigos. "En este proceso la única prueba aportada es el testimonio de los policías y, al no existir otra, las declaraciones de los agentes no tienen porque tener más valor que las de otros testigos o de los propios acusados".

También se cuestionó la prueba documental --fotografías realizadas la noche de los disturbios--, "pues el hecho de que en algunas de ellas se vea a algunos de los acusados no prueba que ellos participaran, ya que, además, su actitud en las mismas es pasiva".

A las 15.40 horas, tras casi seis horas de vista oral, el juicio quedó visto para sentencia.