Objección, recursos, obligatoriedad... Son palabras íntimamente unidas a una asignatura, Educación para la Ciudadanía, que este curso se generaliza en la Secundaria de todas las autonomías, pues así lo establece el calendario de aplicación de la Ley Orgánica de Educación (LOE). Pese a la polémica, se trata de un problema planteado por una minoría, pues solo el 3,7% de los alumnos han objetado: 44.513 sobre un total de 1.200.000 escolares.

A las siete comunidades, entre ellas Extremadura, en las que ya se impartió el curso pasado la asignatura de la polémica, se han unido este año las 10 restantes. Con ello, los aproximadamente 200.000 alumnos que ya la estudiaron el año pasado, se han convertido este curso en alrededor de 1,2 millones.

Se incorporan a su estudio cuando aún, en los tribunales de justicia de prácticamente todas las regiones, están pendientes de resolverse cientos de recursos presentados por padres objetores, que no están dispuestos a ceder en su fuerte oposición a que sus hijos asistan a esta clase por considerar que ciertos contenidos "vulneran el derecho a educarlos" según sus convicciones morales.

Frente a ellos, la Confederación Española de Padres y Madres de Alumnos, que no solo apoya la asignatura, sino que recientemente ha reclamado que tenga más tiempo lectivo "para evitar que se convierta en una maría", y ha considerado "inadmisible" que algunas comunidades, como la de Madrid, propugnen la "desobediencia civil" contra la asignatura al amparar a los objetores.

En manos de la justicia

Hay padres, como se ha dicho, que no están dispuestos a ceder y, ante la obligatoriedad impuesta por los responsables de Educación, han decidido acudir a la justicia para que esta les ampare en la decisión de que sus hijos no acudan a las clases de esta asignatura.

En estos momentos, según un informe de la asesoría jurídica de Profesionales por la Etica, colectivo que agrupa a las plataformas de padres objetores, los juzgados españoles acumulan 878 recursos de padres que defienden su derecho a objetar a Educación por la Ciudadanía. De ellos, los extremeños solo contabilizan cuatro, haciendo de esta comunidad la segunda, superada tan solo por el País Vasco, que registra uno, con el menor número de recursos. A Extremadura le sigue Murcia, con 6; Islas Baleares (8), Cataluña (13), La Rioja (23), Navarra (30), Cantabria (30), Galicia (32), Aragón (35) y el Principado de Asturias (40). Y superan los cien recursos la Comunidad Valenciana (112), Andalucía (149) y Castilla y León (166), siendo Castilla-La Mancha, con 229, la Comunidad con mayor número de recursos.

La mayor parte de estos procedimientos judiciales han sido admitidos por la vía de protección de los derechos fundamentales, un hecho que destaca la Asesoría Jurídica de Profesionales por la Etica, que mantiene que el problema de la asignatura de Ciudadanía "es que pretende formar la conciencia moral de los alumnos, lo cual constituye una violación del artículo 27.3 de la Constitución Española, que garantiza el derecho de los padres a educar a sus hijos según sus convicciones religiosas o filosóficas".

El informe de Profesionales por la Etica refleja también que, hasta la fecha, se han dictado ya más de un centenar de fallos judiciales amparando a los objetores a Ciudadanía. Se trata, en la mayoría de los casos, no de sentencias o resoluciones judiciales firmes, sino de sentencias y Autos que estiman medidas cautelares, es decir, medidas provisionales que declaran al alumno exento de asistir a clase hasta que se dicte sentencia.

El detalle autonómico de dichos fallos judiciales es el siguiente: Andalucía: 15 sentencias y 70 autos de medidas cautelares, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía; Aragón: 10 autos de medidas cautelares, dos del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Barbastro, dos de los Juzgados Contencioso números 3 y 5 de Zaragoza y seis del de Huesca; Castilla-La Mancha: cuatro autos de medidas cautelares, dos de sendos Juzgados de lo Contencioso Administrativo de Albacete, uno del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Cuenca y uno del Juzgado de lo Contencioso número 1 de Toledo; La Rioja: 23 sentencias del Tribunal Superior de Justicia; y Extremadura: cuatro autos del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo 2 de Cáceres.