¿Cómo se calcula la pensión contributiva? Se toman en cuenta las cantidades cotizadas a la Seguridad Social y el número de años cotizados. Lo primero es estimar la base reguladora. En la actualidad, se calcula a partir de las bases sobre las que se ha cotizado a lo largo de los 15 años (180 meses) previos a la jubilación. Los 24 meses inmediatamente anteriores se toman por su valor nominal. Los restantes se actualizan con la evolución del IPC. La suma total se divide entre 210 (180 meses más dos pagas extras por año) y el resultado da la base reguladora. La reforma en marcha eleva de 15 a 25 años el periodo de cómputo. La ampliación se abordará de manera gradual entre el 2016 y el 2023. Ahora, la pensión equivale al cien por cien de la base a los 65 años, siempre y cuando se hayan cotizado 35 años (el 50%, si se ha cotizado el mínimo de 15 años). Con la reforma, el cien por cien se logrará a los 67 años, tras haber cotizado 37. Quienes a los 65 acrediten 38,5 años cotizados también accederán al cien por cien de la pensión.¿Me afecta la reforma si ya estoy jubilado? No. El pacto no afecta a aquellas personas que en la actualidad ya están jubiladas y, por lo tanto, perciben una prestación por ello. Tampoco se verán afectados por el pacto los trabajadores que se retirarán antes del 2013, el año en el que entrará en vigor la reforma gradual del sistema, según indica el principio de acuerdo alcanzado. En cambio, sí que tendrán que trabajar durante más tiempo aquellas personas a las que les llegue la edad actual de jubilación (65 años) en un plazo de dos años. En el 2027, dentro de 16 años, entrará en vigor plenamente la jubilación legal a los 67 años. Sin embargo, durante el periodo de adaptación entre el 2013 y el 2027, la edad legal para retirarse se irá retrasando paulatinamente, al ritmo que se determine definitivamente en el anteproyecto de ley, que se aprobará hoy en el Consejo de Ministros y que debe ratificar luego el Congreso. El retraso de la jubilación legal a los 67 años ha sido uno de los escollos de la negociación. Esta idea se comenzó a plantear con el anterior titular del Ministerio de Trabajo, Celestino Corbacho.¿Cómo quedarán las jubilaciones anticipadas?Según apunta el preacuerdo alcanzado entre los sindicatos mayoritarios, UGT y CCOO, y el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero, la edad para la jubilación anticipada se elevará hasta los 63 años, con coeficientes correctores. En la actualidad, se permite la jubilación a los 60 años para quienes hayan cotizado antes de enero de 1967 en alguna mutualidad de las que regían durante la época franquista. También se contempla la jubilación anticipada a los 61 años para quienes tengan al menos 30 años cotizados, aunque la cuantía de la pensión se reduce entre un 6% y un 8% por cada uno de los años que se adelante la jubilación. Esta es la modalidad que se utiliza al acordar las prejubilaciones empresariales. Asimismo, existe otra modalidad, que es la jubilación a los 64 años para fomento del empleo (se exige un contrato de sustitución a la empresa), la jubilación parcial y la jubilación anticipada para actividades penosas (como por ejemplo la minería). Esta posibilidad, según contiene el preacuerdo alcanzado ayer, acabará desapareciendo.¿El retiro a los 67 años tendrá excepciones ? Una de las pretensiones de los sindicatos ha sido conseguir que el colectivo de afectados por el retraso de la edad legal de jubilación a los 67 años sea el menor posible. El preacuerdo prevé que junto con la tramitación de la reforma del sistema de pensiones se apruebe un primer catálogo de profesiones que se libren del retraso en la edad de retiro. Está todavía por determinar qué profesiones y qué sectores son los que se incluirán en la lista. Un aspecto relevante que está todavía abierto es el que afecta a los autónomos. El objetivo es la convergencia en términos reales de sus bases de cotización medias con las del régimen general. El presidente de la Federación de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA), Lorenzo Amor, dijo ayer que se sumarán a "la fiesta del pacto", si el Gobierno respeta el acuerdo con Trabajo que equipara las prestaciones y derechos de los autónomos con los asalariados.¿Cuántos pensionistas hayy cuánto cobran? En el 2010, se jubilaron 169.650 trabajadores en España. Del total, un 40%, 68.042 personas, lo hicieron de forma anticipada ya que la crisis ha elevado el número de expedientes de regulación de empleo (ERE), que suelen comportar prejubilaciones. Según el Ministerio de Trabajo, al cierre del 2010, en España había 5.193.107 personas que cobraban una pensión de jubilación contributiva y otras 254.989 que percibían una pensión no contributiva. La pensión media de jubilación es de 905,94 euros al mes, con datos de enero de este año. El problema del sistema es que la cifra de beneficiarios aumentará y se espera que la población mayor de 65 años frente a la que está en edad de trabajar se dispare en las próximas décadas hasta llegar al 60% en el 2060. Eso significa que habrá muy pocos cotizantes para sostener las pensiones de los jubilados, en torno a cinco para cada tres pensionistas.¿Habrá ayudas para los jóvenes y las mujeres? En la reforma se recogen también situaciones como los periodos de permiso por maternidad o aquellos en los que los que los jóvenes trabajan como becarios. Estas denominadas lagunas de cotización correrán a cargo de la Seguridad Social, que aportará los 24 primeros meses la base mínima de cotización y el resto, el 50% de la misma. En el caso de las madres, además de los 112 días actuales de cotización a cargo de la Seguridad Social, se sumarán otros nueve meses por hijo, con un máximo de dos años. Para los hombres que interrumpan su vida laboral también para el cuidado de los hijos nacidos y adoptados se mantendrán idénticos derechos. El acuerdo prevé también reconocer como periodos cotizados la participación de los jóvenes en programas formativos o de investigación. Todo ello da a los jóvenes más seguridad a largo plazo, consolida su cobertura social y les permite cotizar a una edad más temprana.¿Se puede jubilar más tarde de la edad estipulada? Sí. No existe obligación alguna de jubilarse a la edad legal y cualquier trabajador puede seguir en activo si así lo decide, a no ser que el convenio de su empresa o sector estipule lo contrario. En la actualidad, la Seguridad Social recompensa seguir trabajando una vez superada la edad legal de jubilación con un 2% más de pensión por cada año adicional a partirde los 35 años cotizados, y con un 3% más si se han realizado las aportaciones correspondientes durante más de 40 años; además, los trabajadores de más de 61 años pueden acogerse a la jubilación parcial, que se mantiene según el acuerdo. El objetivo de los negociadores es mejorar los incentivos del 2-3% por año de retraso en la jubilación. El Gobierno ha planteado llevarlo hasta el 3,5% para vidas laborales completas, es decir, más de 37 o 38,5 años. Hasta ayer no se había alcanzado un punto de encuentro definitivo para esta cuestión.¿Los planes de pensiones se verán afectados? No. El rescate está previsto para el momento de la jubilación, sin fijar una edad. El reglamento estipula que"la contingencia de jubilación se entenderá producida cuando el partícipe acceda efectivamente a la jubilación en el régimen de la Seguridad Social correspondiente, sea a la edad ordinaria, anticipada o posteriormente". Solo hay otras dos posibilidades de rescatarlos antes de la jubilación: los casos de enfermedad grave o de desempleo de larga duración. En diciembre pasado había en España 8,5 millones de partícipes de planes de pensiones individuales, con un patrimonio de más de 51.000 millones. Además están los colectivos --de empresa--, que elevan el patrimonio total a más de 80.000 millones. En los últimos años, con la crisis, muchos partícipes han tenido pérdidas. La rentabilidad a 15 y 20 años se sitúa en el 3,35% y el 4,97%, si bien en los planes colectivos esta es mayor porque pagan unas comisiones menores.