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SENTENCIA POR UN SUCESO OCURRIDO EN LA AVENIDA DE LA VERA.

Condenan a prisión al acusado de quemar una céntrica tienda

Debe indemnizar a la dueña con 17.781 euros y al seguro con 60.427 euros.

Condenan a prisión al acusado de quemar una céntrica tienda

El incendio que fue provocado de una manera intencionada en un comercio textil de la avenida de la Vera se ha saldado con una condena a prisión para el acusado, que además deberá pagar cantidades millonarias a la dueña y al seguro. En concreto, la magistrada-juez del Juzgado de Lo Penal ha condenado al acusado, con iniciales M.P.B., a una pena de un año y nueve meses de cárcel por un delito de daños por incendio y a pagar a la aseguradora 60.427,57 euros y otros 17.781,01 a la dueña en concepto de responsabilidad civil.

Además, el fallo judicial le prohíbe aproximarse a menos de cien metros de la propietaria, de su marido y su domicilio durante tres años y a comunicarse con ellos por cualquier medio. También le priva de derecho a la tenencia y transporte de armas por el mismo periodo de tiempo y al pago de las costas.

Los hechos por los que se ha condenado a M.P.B., sucedieron el 29 de noviembre del 2005. La juez considera probado que el condenado, vecino de la dueña de la tienda en Malpartida de Plasencia, tenía malas relaciones con esta y de hecho; ya había sido condenado como autor de una falta de lesiones contra su marido y por una falta de vejación injusta, por lo que se le prohibió acercarse al matrimonio a menos de 300 metros.

HECHOS PROBADOS La sentencia explica que el mismo día del suceso, el acusado y su hijo acudieron al cuartel de la guardia civil en Malpartida, donde se le comunicó la orden de alejamiento y ante un guardia civil lanzó esta amenaza: "De esta se va a acordar este matrimonio". Acto seguido, fueron a su casa y "el acusado colocó líquido inflamable en una botella de cerveza, preparando un pequeño explosivo y en su furgoneta, bien solo o con su hijo, se fue a Plasencia".

La juez ha visto indicios suficientes de que el acusado, o arrojó personalmente la botella a la tienda o fue su hijo, pero "él cooperó en la ejecución del hecho preparando el objeto arrojado y conduciendo la furgoneta hasta el lugar".

El condenado, que negó toda participación en los hechos, puede recurrir la sentencia ante la Audiencia Provincial.

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