ALEGACIONES DE INTRAMUROS AL BORRADOR DE LA ORDENANZA DE RUIDOS

Vecinos del centro de Plasencia piden que se prohíba en horario nocturno cantar y gritar

La asociación vecinal insta a reclamar a los locales de ocio que no permitan que se consuma en el exterior

También demanda un artículo sobre las terrazas por ser emisores acústicos

Intramuros Plasencia pide que se prohíba cantar y gritar en horario nocturno.

Intramuros Plasencia pide que se prohíba cantar y gritar en horario nocturno. / EL PERIÓDICO

Raquel Rodríguez Muñoz

Raquel Rodríguez Muñoz

La ordenanza de ruidos que está ultimando el Ayuntamiento de Plasencia debería incluir la «prohibición de cantar, tocar las palmas, dar golpes, gritar, o mantener conversaciones excesivamente altas, o hacer sonar instrumentos musicales en horario de descanso nocturno».

Es una de las nueve peticiones que ha registrado la asociación de vecinos Intramuros como alegación al borrador de la ordenanza. La demanda está incluida en la petición de que se introduzcan en el texto las aglomeraciones en las puertas de los locales de ocio nocturno -donde se canta, grita, dan golpes y se habla alto- porque son «el principal foco de emisión de ruido», más que el que se pueda dar en el interior de los establecimientos.

Además, Intramuros pide que se inste a los locales a «prohibir el consumo en la puerta, no debiendo servir ni dejar sacar las consumiciones al exterior y mantener la puerta de acceso cerrada».

La asociación vecinal también cree necesario incluir un artículo sobre las terrazas/veladores porque «son emisores acústicos sin aislamiento alguno» y deberían estar recogidas «las limitaciones que conlleva su actividad, no más allá de las once de la noche».

Zonas saturadas de ruidos en el centro placentino

Del mismo modo, demanda que aparezca que el ayuntamiento «estudiará la implantación de zonas saturadas de ruidos en aquellas zonas que por la saturación de locales de ocio hace difícil el cumplimiento de los niveles máximos en horario de descanso nocturno».

A estas peticiones se suman la de incluir normas para fiestas en viviendas o locales; la obligación de mantener en las puertas de los locales una tablilla oficial que especifique licencia, categoría, hora de cierre y aforo; un registro de locales de ocio y la desaparición del artículo 10.2, que habla de denuncias reiteradas infundadas porque «la ley ya regula las consecuencias de la denuncia falsa. Da la sensación de una amenaza velada al vecino que denuncia».

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