Tribunales

La Justicia anula el permiso de Castilla La-Mancha a una macrogranja de 7.200 cerdos

El TSJ castellanomanchego considera que hubo "una omisión relevante" en la evaluación ambiental de una explotación en un pueblo de Cuenca

En los pueblos limítrofes el agua potable no es apta para el consumo por alta concentración de nitratos

Vista aérea de la macrogranja de cerdos de Huerta de la Obispalía.

Vista aérea de la macrogranja de cerdos de Huerta de la Obispalía. / INSTITUTO GEOGRÁFICO NACIONAL

Roberto Bécares

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha ha estimado el recurso interpuesto por el Ayuntamiento de Torrejoncillo del Rey (Cuenca) contra la concesión de la Autorización Ambiental Integrada (AII) para una macroexplotación porcina de 7.200 ejemplares en una localidad limítrofe a la demandante, Huerta de la Obispalía.  

En una sentencia fechada el 11 de septiembre de este año, el TSJCM anula la autorización concedida a la empresa Hermanos Matas de Huerta al estimar que la Consejería de Desarrollo Sostenible de la Junta ni valoró el tratamiento de purines que se iba a realizar ni el riesgo para el medio ambiente en dicha zona por los "efectos acumulativos", ya que en esa zona hay otras tres granjas porcinas aparte de dos explotaciones de bovino, todas ellas propiedad de la misma empresa. 

Según aprecia el tribunal, el proyecto, situado en el polígono 518 de la citada localidad, no establecía "una gestión compartida de los purines con los generados por el resto de las instalaciones porcinas, pues se limitaba a indicar: 'Los estiércoles producidos en la explotación serán eliminadas mediante vertido a tierras de cultivo'".  

Asimismo, la sentencia expone que la gestión de los purines que realiza la empresa demandada "no se corresponde con la recogida en el proyecto", y por tanto no se acabó analizando ni en la Declaración de Impacto Ambiental ni en la AAI. 

Evaluación ambiental

"Más allá de la forma en la que finalmente se están gestionando los purines de la granja proyectada, o si las tierras disponibles son suficientes para tal gestión, la realidad obliga a que el proyecto presentado, especialmente su evaluación ambiental, no se puede efectuar de manera aislada o independiente al resto de las granjas porcinas propiedad de la empresa codemandada", concluye la sentencia, que estima que al no hacerlo se produce "una omisión relevante que desnaturaliza el procedimiento de evaluación de impacto ambiental que debe ser el adecuado" para preservar los intereses ecológicos de la zona. 

Se da la circunstancia, además, de que los habitantes de Torrejoncillo del Rey no pueden consumir agua del grifo ya que supera los niveles permitidos de nitratos. Las últimas analíticas de junio 2023 realizadas por el laboratorio Labaqua Alicante muestran un nivel de 81 miligramos de nitratos por litro de agua cuando el máximo permitido por la ley es de 50 mg/l, tal y como viene denunciando la plataforma Pueblos Vivos Cuenca. 

'Exigencias ambientales'

El TSJ castellano-manchego repara en este hecho, de facto, ya que, sabiendo que la contaminación por nitratos de las aguas destinadas al consumo humano de la localidad de Torrojoncillo y su pedanía Villa del Águila hacen que el agua no sea apta para consumo, la consejería debería haber "extremado las exigencias de los estudios medioambientales" en este sentido. 

"Y sin que esta Sala pueda ahora determinar, de la prueba practicada, que en el origen de dicha contaminación por nitratos se encuentren los vertidos de los purines utilizados como fertilizantes de uso agrario procedentes de las granjas porcinas titularidad de la mercantil recurrente (al considerar insuficientes las conclusiones que al respecto efectúa el perito de parte actora en su informe al no ir acompañados de analíticas que así lo certifiquen), la Administración autorizante debía tener la certeza, no una mera suposición, de que la gestión de los purines no afectará a los acuíferos o manantiales de agua, especialmente los destinados al consumo humano", apostilla la sentencia que anula las resoluciones del Gobierno castellano-manchego que dieron luz verde a la declaración de imacto ambiental. 

Otra condena

En enero de 2018, el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha ya condenó a la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha por otorgar de forma ilegal autorización ambiental integrada (AII) a otra macrogranja porcina también propiedad de la empresa Hermanos Matas de Huerta S.L. 

Sin embargo, la Consejería de Agricultura Agua y Desarrollo Rural se negó a cumplir la sentencia y la Consejería de Medio Ambiente aceleró los trámites para una nueva AAI, lo que supuso que en la práctica que no hubo ni un solo día de paralización de la actividad de la macrogranja, según denunció Pueblos Vivos Cuenca.

Las organizaciones Ecologistas en Acción y Pueblos Vivos Cuenca entienden que es "imprescindible un cambio profundo en la Consejería de Desarrollo Sostenible que garantice que la evaluación rigurosa de los proyectos presentados". "El Tribunal Superior de Justicia ha dictado una sentencia muy clara respecto a la necesidad de que se justifique perfectamente el destino de los purines. La Junta ha aprobado muchísimas macrogranjas fiándose de la mera afirmación de sus promotores de que disponen de hectáreas suficientes para verter el purín, sin comprobar nada”, precisan en un comunicado.