Por su situación de gran invalidez, Emilio Jaraíz, que durante más de 20 años fue promotor cultural de la Institución Cultural El Brocense, tenía derecho a percibir casi 28.000 euros de Allianz, la compañía de seguros con la que dicha institución tiene concertada una póliza que garantiza, entre otras, la invalidez permanente absoluta por cualquier causa de los trabajadores de esta institución.

En el caso del que fuera promotor cultural de El Brocense, la aseguradora no cubrió la cantidad total, alegando que se habían ocultado datos sobre el estado físico del asegurado, motivo por el que éste reclamó, primero en vía administrativa y posteriormente judicial, el abono de la diferencia --casi 10.000 euros-- entre lo efectivamente abonado por el seguro de vida concertado por su empresa y lo satisfecho por la aseguradora.

SENTENCIA CONFIRMADA El Juzgado de lo Social número 2 de Cáceres estimó la demanda de Emilio Jaraíz y condenó a la aseguradora Allianz a abonar al trabajador 9.940 euros más el interés legal del dinero con efectos deste el 11 de mayo del 2005, absolviendo a la Diputación Provincial de Cáceres y a la Institución Cultural El Brocense.

La aseguradora, en desacuerdo, recurrió dicha sentencia ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura por estimar que la "ocultación de datos sobre el estado del trabajador asegurado exonera a la aseguradora del abono de la actualización de la póliza para adecuarla a la nueva cuantía de la suma establecida para el caso del grado de invalidez reconocido al demandante".

Pero su recurso se ha desestimado, pues "no se ha producido ocultación ni falseamiento de datos" y, si bien "es cierto que el demandante padece ciertas deficiencias físicas desde antes de empezar a trabajar, también lo es que lo ha hecho más de 20 años", y el TSJEx ha confirmado la sentencia del Juzgado de lo Social, condenando a la aseguradora a abonar a Emilio Jaraíz los 9.940 euros que restan para satisfacer la cantidad total de la póliza concertada.