Una sentencia de la Audiencia Provincial de Cáceres, por la que se condena a una aseguradora a pagar 30.500 euros por la muerte de una joven conductora, revive un trágico accidente ocurrido en la ciudad hace algo más de cinco años.

Aquel trágico suceso tenía lugar la noche del 6 de abril del 2004, cuando en la entrada a la ciudad por el polígono Charca Musia un vehículo ardía tras chocar frontalmente contra la fachada de una industria y sus tres ocupantes, tres amigas, fallecían en el acto. Fue un suceso que causó una gran conmoción, pues las tres jóvenes eran naturales de Cáceres, pertenecían a familias muy conocidas de la ciudad y eran miembros, además, del equipo de fútbol femenino de la Asociación Deportiva Puente de San Francisco.

Hoy una sentencia judicial lo hace de nuevo actualidad. Se trata del fallo que la Audiencia Provincial ha dictado respecto a la demanda que los padres de la joven que conducía el vehículo interpuso en su día contra Groupama Plus Ultra, la aseguradora con la que tenían contratada su póliza de seguros, y a la que reclamaban "cantidad con fundamento en el seguro de ocupantes".

La aseguradora, según recoge la sentencia, ya indemnizó a los familiares de las dos ocupantes del vehículo, Patricia M. y Noelia T., pero "pretende evadirse de la obligación del pago de la indemnización pactada" por el seguro de accidentes a consecuencia del fallecimiento de la hija de los demandantes y conductora del vehículo, María Isabel O. Alegaba para ello la aseguradora que "la conductora se encontraba bajo la influencia de bebidas alcohólicas" y que este hecho "supone la exclusión", es "causa delimitadora del riesgo asegurado".

Los padres de la joven recurrieron a la justicia, que en primera instancia, por el Juzgado número 4 de Cáceres, desestimó su demanda y absolvió a Groupama; pero ahora, una instancia superior, la Audiencia Provincial, ha estimado su recurso. Considera que no se ha probado la causa real del accidente, "que bien pudiera deberse a causas técnicas, mecánicas o agente externo", y considera "totalmente dudosa la hipótesis" de ser consecuencia de una conducción bajo los efectos del alcohol o elevada velocidad.

Estima que los demandantes, padres de la joven conductora fallecida, tienen derecho al cobro de la póliza asegurada, y condena a la aseguradora a abonarles la cantidad fijada en la póliza, 30.500 euros, más los intereses devengados desde la fecha del siniestro.